Zusammenfassung der Ressource
JORNADA LABORAL
- TIPOS DE JORNADA
- DIURNA
- Corresponde a
ocho horas
laborales, entre
las 6:00 hrs., y las
20:00 hrs.
- NOCTURNA
- Corresponde a
partir de las
9:00 p.m. Es
decir que desde
esa hora, los
empleados del
país podrán
empezar a
cobrar el
recargo que
implica esta
jornada.
- MIXTA
- Es la jornada
de Trabajo
que
comprende
períodos
diurnos y
nocturnos.
- Es el tiempo durante el cual el
trabajador presta sus servicios,
sin que pueda exceder de los
máximos legales.
- TRABAJADORES CON JORNADA DE
REGIMEN DIFERENTE
- La jornada no será
mayor a 11 horas
con mínimo de una
hora
- Los trabajadores de direccion
- inspección o vigilancia
cuando su labor no requiera
de un esfuerzo continuo
- Los trabajadores que realicen
labores discontinuas,
intermitentes o donde solo se
requiera su presencia
- La jornada representa el número de
horas que el trabajador debe prestar
su servicio, mientras que el horario
fija solo la hora de entrada y de salida.
- La jornada de trabajo no se debe
confundir con el concepto de horario de
trabajo