Zusammenfassung der Ressource
ESTATUTO
TRIBUTARIO
- Art. 292. Impuesto al patrimonio
- personas jurídicas, naturales y sociedades
de hecho, contribuyentes declarantes
impuesto sobre la renta
- Impuesto a la Riqueza - Sujetos Pasivos
- denominado el Impuesto a la
Riqueza a cargo de:
- personas naturales, sucesiones ilíquidas,
personas jurídicas y sociedades de hecho
- sociedades y entidades extranjeras respecto de su
riqueza poseída directamente en el país
- Art. 420. Hechos sobre los que recae el impuesto
- impuesto a las
ventas se aplicará
sobre
- venta de bienes
corporales muebles e
inmuebles
- venta o cesiones de derechos
sobre activos intangibles
- prestación de servicios en el territorio nacional, o
desde el exterior
- importación de bienes
corporales
- La circulación, venta u operación de juegos de suerte y
azar
- Art. 428. Importaciones que no causan impuesto
- importaciones no causan el impuesto
sobre las ventas:
- La introducción de materias que
van a ser transformadas
- La introducción de artículos con destino al
servicio oficial de la misión y los agentes
diplomáticos
- importaciones de armas y municiones
que se hagan para la defensa nacional
- importación temporal de maquinaria pesada para
industrias bá
- La importación de maquinaria o equipo, siempre y
cuando dicha maquinaria o equipo no se produzcan
en el país
- importación de bienes y equipos que se efectúe en
desarrollo de convenios
- importación de bienes objeto de envíos
urgentes o envíos de entrega rápida,
- Los equipos y elementos que importen los
centros de investigación o desarrollo tecnológico
reconocidos por Colciencias
- Art. 468-3. Servicios gravados con la tarifa del cinco
por ciento (5%).
- A partir del 1. de enero de 2013
- El almacenamiento de productos agrícolas en
almacenes generales de depósito
- El seguro agropecuario
- Los planes de medicina prepagada
y complementarios
- . los servicios de vigilancia, supervisión, conserjería, aseo y
temporales de empleo
- base cálculo del impuesto parte
correspondiente al AlU.
- Art. 476. Servicios excluidos del impuesto sobre las
ventas.
- servicios médicos, odontológicos, hospitalarios,
clínicos y de laboratorio
- El servicio de transporte público, terrestre, fluvial y
marítimo de personas en el territorio nacional
- intereses y rendimientos financieros por
operaciones de crédito
- ervicios públicos de energía, acueducto y
alcantarillado, aseo público
- El servicio de arrendamiento de
inmuebles para vivienda
- Los servicios de educación prestados por
establecimientos de educación
- La comercialización de animales vivos y el
servicio de faenamiento
- Los servicios de promoción y fomento deportivo
- El riego de terrenos dedicados a la explotación agropecuaria
- construcción de reservorios para la actividad agropecuaria
- Aplicación de sales mineralizadas
- - Las operaciones cambiarias de cornpra y venta de divisas
- Art. 424. Bienes que no causan el impuesto.
- Los siguientes bienes se hallan excluidos del impuesto
- Animales vivos de la especie porcina
- Animales vivos de las especies ovina o caprina
- Productos constituidos por los componentes naturales de la leche
- Miel natural
- Art. 512-1. Impuesto nacional al consumo.
- tiene como hecho generador la prestación o la
venta al consumidor final