Zusammenfassung der Ressource
LA EXPROPIACIÓN FORZOSA
- III. EL PROCEDIMIENTO EXPROPIATORIO
- 1) La declaración de utilidad pública o interés social
- 2) La declaración de necesidad de ocupación
- 3) La determinación del justo precio
- determinar
- Justo Precio
- Recompensacion economia
- Indemnize al expropiado
- ART 33.3 CE
- Defienden la indemnizacion
- ART 124 LEF
- Podra ser estimado por ambas partes
- ART 43 LEF
- Regimen Estimativo
- Excepciones
- Bienes Inmbuebles
- Valor del suelo
- Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana
- RD-legislativo 7/2015, de 30 de octubre
- Suelo
- Instalaciones
- Construcciones
- Edificaciones
- 36 LEF
Anmerkungen:
- Las mejoras hechas despues de la informacion de expropiacion que se lleven a cabo no seran indemnizables a no ser que sean indispensables para la conservacion del bien las que se hagan con anterioridad de la expropiacion si que seran indemnizables
- momento al que ha de
referirse el valor del bien
- Solo Bienes
Muebkes
- procedimiento para la determinación del justiprecio,
- Se abre expediente
- Se traslada
- Al Individuo
- Hoja de Aprecio
- 20 dias
- AP
- Acepta
- Rechaza
- Contrapuesta
- Jurado Provincial de Exprociacion
- TMB 20 DIAS
- Estar Motivada
- Ser peritada
- Real
- Integral
- al valor de sustitución de la cosa a precios de mercado;
- Tribunal Supremo
- aquel que es igual al valor de
sustitución que ha de
proporcionar al expropiado una
cantidad de dinero suficiente
para adquirir en el mercado un
bien análogo
- Si no hay
indemnización no hay
expropiación.