Zusammenfassung der Ressource
LA INTERPRETACIÓN, INTEGRACIÓN Y
APLICACIÓN DEL DERECHO
- Métodos y reglas de interpretación jurídica
- 1. Reglas de solución de antinomias
- Se utiliza cuando existan contradicciones entre
normas jurídicas.
- Competente
- Jerárquicamente superior
- Especial
- Posterior
- Ejemplo: La normativa vigente dibuja un marco legal
contradictorio. El Art.4, del Cap. 2, declara: “Se prohíbe
la captura, colección, tenencia y posesión y adquisición
de especímenes de fauna silvestre nativa ecuatoriana
para circos”. Por el contrario, los animales silvestres no
nativos, como lo puede ser un tigre o un elefante
africano, sí que pueden ser exhibidos. Así lo declara el
Art.9, del Cap. 3, de los animales destinados a
actividades circenses: “Los animales silvestres no
nativos, mantenidos en cautividad en circos deberán
permanecer en jaulas, cubículos apropiados”.
- 2. Principio de proporcionalidad
- Cuando existan contradicciones entre
principios o normas, y no sea posible
resolverlas a través de las reglas de
solución de antinomias
- Equilibrio entre la protección y la restricción
constitucional
- Ejemplo: Art. 27.- El voto popular será universal, igual, directo y secreto; obligatorio para los que
sepan leer y escribir, facultativo para los analfabetos y para los mayores de sesenta y cinco años.
Tendrán derecho a voto los ecuatorianos que hayan cumplido dieciocho años de edad y se hallen en
el goce de los derechos políticos. Los miembros de la fuerza pública en servicio activo no harán uso de
este derecho.
- 3. Ponderación
- Relación de preferencia entre los principios y normas
- A mayor sea el grado de la no
satisfacción o de afectación de
un derecho o principio, mayor
tiene que ser la importancia de
satisfacción del otro.
- Ejemplo: Padres evangélicos de
una niña enferma gravemente se
niegan a autorizar una transfusión
de sangre. Principio: Libertad de
culto, equivaldría a no llevarla al
hospital para la transfusión.
Principio con el que se confronta el
anterior: El derecho a la vida y
salud de la niña, significaría
realizarle la transfusión de sangre.
- 4. Interpretación evolutiva o dinámica
- Se entenderán a partir de las cambiantes situaciones que ellas regulan
- Ejemplo: La octava enmienda de la Constitución de los Estados Unidos —que data de 1791— prohíbe
infligir penas “crueles e inusuales”. Evidentemente, hoy en día son “inusuales” y son sentidas como
“crueles” sanciones penales que en 1791 no lo eran, por ejemplo, la pena de muerte. Por lo tanto, la
disposición mencionada prohíbe la pena de muerte si se interpreta de modo “evolutivo”; mientras que
la permite si se interpreta de modo “histórico”.
- 5. Interpretación sistemática
- Interpretadas a partir del contexto general del texto normativo
- Coexistencia
- Correspondencia
- Armonía
- Ejemplo; Art.144 del Código Orgánico Integral Penal que tipifica y
sanciona el delito de Homicidio, se relaciona con el Art.66 No.1 de la
Constitución de la República que tutela del derecho a la vida que es el
bien jurídico afectado cuando se comete un homicidio; y, tiene
concordancia con el Art.3 de la Declaración Universal de Derechos
Humanos que en igual sentido como tratado internacional de
derechos humanos reconoce el derecho a la vida.
- 6. Interpretación teleológica
- Se entenderán a partir de los
fines que persigue el texto
normativo.
- 7. Interpretación literal.
- Cuando el sentido de la norma es claro, se atenderá
su tenor literal.
- El Art. 76 núm.3 de la Constitución de la
República del Ecuador, manifiesta: ?
Nadie podrá ser juzgado ni sancionado
por un acto u omisión que, al momento
de cometerse, no esté tipificado en la
ley como infracción penal,
administrativa o de otra naturaleza; ni
se le aplicará una sanción no prevista
por la Constitución o la ley. Sólo se
podrá juzgar a una persona ante un
juez o autoridad competente y con
observancia del trámite propio de cada
procedimiento.
- Otros métodos de interpretación.
- Se realizará atendiendo los
principios generales del derecho
y la equidad.
- Principios de unidad, concordancia práctica,
eficacia integradora, fuerza normativa y
adaptación.