Zusammenfassung der Ressource
Marco Normativo e instituciones para
la atención de la niñez y la juventud.
- Convención sobre los
Derechos del Niño
- Instrumento adoptado en el marco de la Organización de las
Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, fue aprovado por
el Senado de la República de 1990 y promulgado el 25 de ener
de 1991 mediante publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
- De conformidad con el artículo 3, nuestro país asumio el
compromiso de asegurar al niño la protección y el cuidado
que sean necesarios para su bienestar, teniendo encuenta
los derechos y deberes de sus padres tutores u otras
personas responsables de él ante la ley y con ese fin, tomar
todas la medidas legislativas y administrativas adecuadas.
- El el artículo 19, se pacto que los Estados parte adoptarian las
medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas
apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o
abudo fiísico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o
explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre
bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de
cualquier otra persona que lo tenga a cargo.
- Ley General de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes (LGDNNA)
- Según lo establece en su artículo 1o, tiene por objeto, entre
otros, garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y
promoción de loa derechos humanos de niñas, niños y
adolescentes condorme a lo establecido en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados
internacionales de los que el Estado mexicano foema parte.
- De los artículos 6 y 8, se desprende que las autoridades federales,
las entidades federativas y las municipales, en el ámbito de sus
respectivas competencias están obligadas a impulsar la cultura
del respeto, promoción y proteccion de los derechos de niñas,
niños y adolescents, basada en los princiios rectores reconocidos
por dicha ley.
- Entre estos princiipios se encuentran: el interes
superior de la niñez, la igualdad sustantiva, la no
discriminación, la inclusión, la interculturlidad, el
prinicpio pro persona y el acceso a una vida libre
de violencia.
- El artículo 10, establece que las referidas autoridades adoptarán
medidas de protección especial de derechos de niñas, niños y
adolescentes que se encuentran en situación de vulnerabilidad por
circunstancias específicas de carácter socioeconómico, alimentario,
psicológico, físico, discapacidad , identidad cultural, origen etnico o
nacional, situación migratoria o apátrida o aquellos relacionados a
génerom preferencia sexual, creencias religiosas o praáctivas
culturales u otros que restrinjan o limiten el ejercicio de sus derechos.
- El artículo 12, menciona que es obligación de toda persona que tenga
conocimiento de casos de niñas, niños y adolescentes que sufran o
hayan sufrido, en cualquier forma, violanción de sus derechos,
hacerlo del conocimiento inmediato de las autoridades competentes,
de manera que pueda seguirse ina investigación, y en su caso
instrumentar las medidas cautelares, de protección y restitución
integrales procedentes en términos de las disposiciones aplicables.
- Artículo 13 de esta ley reconoce a favor de las niñas, niños
y adolescentes,se encuentra el accesoa una vida libre de
violencia y a la integridad personal y el derecho a la
educacuón de calidad.
- Artículo 17, refiere que niñas, niños y adolescentes tienen
derecho a que se les asegure la prioridad en el ejercicio de
todos sus derechos, especialmente a que se les brinde
rotección y socorro en cualquier circunstancia y con la
oportunidad necesaria.
- El artículo 47 manda que las autoridades de los trs ordenes
de gobierno están obligadas a tomar las medidas necesarias
para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas,
niños y adolescentes se vean afectados por: 1. El descuido,
negligencia, abandono o abuso fisico, psicológico o sexual.
2. La corrupción de personas menores de dieciocho años de
edad. 3. El abuso secual infantil.
- Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos
- Articulo 1o. Constitucionl establece que todas las autoridades,
en el ambito de sus competencias, tienen la obligación de
promover, respetar, proteger y garantizar los derechos
humanos de conformidad con los prinicipios de universalidad,
interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
- El Estado debe prevenir, investigar,
sancionar y reparar las violaciones a los
derechos humanos, en los términos que
establece la ley.
- Artículo 3o. Constitucional dispone que la educación que qur
imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, toda las
facultades de l ser humano y fomentará en él, a la vez el amor a la
Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la
solidadridad internacional, en la independecia y en la justicia..
- La educación contribuirá a mejorar la
convivencia humana, a fin de fortalecer el
aprecio y respeto por la diversidad cultural, la
dignidad de la persona, la integridad de la
familia, la convicción de intereses general de
la sociedd, los ideales de fraternidad e
igualdad de derechos de todos.
- El artículo 4o Contitucional establece que todas las decisiones
y actuaciones del Estado velará y cumplirá con el proncipio
del interes superior de la niñez, garantizando de manera
plena sus derechos.
- A la satisfacción de sus
necesidades de alimentación,
salud, educación y sano
esparcimiento para su
desarrollo integral.
- Este principio, deberá guiar el diseño, ejecución,
seguimiento y evaluación de las políticas públicas
digiridas a la niñez-
- FONDO DE LAS NACIOES
UNIDAS Para la infancia
(UNICEF)
- Es el principal organismo humanitario
dedicado a promoción y defensa de los
derechos de los niños en todo el
mundo.
- Brinda atención a la salud para el nacimietno
seguro, abastecimiento de agua potable,
saneamiento, salud y educación
- MARCO JURÍDICO
- Marco jurídico: Es obligación de El Estado
mexicano llevar a cabo acciones para la
prevención e intervención oportuna de
cualquier tipo de maltrato, acoso o
abuso sexual infantil en contra de nias,
niños y adolescentes.
- cOMISIÓN NACIONAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS
(CNDH)
- SEn 1993, se creó el Programa "Asuntos e la Niñez y
Familia" para contribuir al respeto de los derechos
humanos de los niños, las niñas y los adolescentes y
adultos jóvenes,, adultos mayores y la familia.
- SISTEMA NACIONAL PARA EL
DESARROLLO INTEGRAL DE LA
FAMILIA (DIF)
- Es una institución pública mexicana fundada en
1977 y se enfoca en desarrllar el bienestar de
las familis.
- INSTITUTO MEXICANO
DE LA JUVENTUD (NJUVE)
- Dependencia del gobierno federal cuya función
es realizar políticas públicas a favor de los
jóvenes mexicanos, respecto a la educación,
salud, empleo y participación social.
- CCENTRO DE
INTEGRACIÓN
JUVENIL A.C. (CIJ)
- Institución de asistencia social especializada en la atención
integrl de la farmacodependencia, tiene participación
estatal mayoritaria y esta sujeta a la normatividad que
emite el gobierno federal. Datos de contcto:
www.cij.gob.mx
- CASA HOGAR
ABRAZAME
- Es una asociación civil que funge como
familia sustituta para niños y niñas de 1
a 14 años en situación vulnerable. Datos
de contacto: www.abrazame.org.mx