Zusammenfassung der Ressource
Fase Intermedia
- Establecida en
- Código Orgánico Procesal Gaceta
Oficial 6078 Extraordinario del
15 de Junio de 2.012
- el Ministerio
Público
presentará la
acusación
- cuando exista
suficientes elementos
de convicción
Anmerkungen:
- evidencia que establezca la certeza de la comisión de un hecho punible y la identidad de un imputado.
- para el
enjuiciamiento
del
imputado
- una vez presentada
la acusación
convocara a las
partes a una
audiencia oral
- Libro Segundo Título II
Fase Intermedia
- Del artículo 309 al
314
- 1.- Convocatoria
de las partes
- La fase intermedia, se
despliega en la
nombrada “audiencia
preliminar”
- Articulo 309
Audiencia
Preliminar
- Presentar
acusación
audiencia oral no
menor de 15 ni
mayor a 20 días
- El requerimiento puede
radicar en un pedido de
apertura a juicio
(acusación);
- el archivo de la
averiguación o en un
sobreseimiento
- Adhesión a la
acusación fiscal:
- Dentro de los 5 días
siguientes a la
notificación de la
convocatoria,
- la víctima podrá
adherir a la
acusación fiscal o
presentar una
acusación propia
- Antes del
vencimiento del
plazo fijado
- para la audiencia oral,
el fiscal, el querellante
y el imputado
- podrán
- Oponer
excepciones
- Pedir la imposición
o revocación de una
medida cautelar.
- Solicitar la aplicación
del procedimiento por
admisión de hechos
- Proponer
acuerdos
reparatorios
- Indicar la prueba que
el imputado producirá
en el juicio oral (COPP,
Art 311).]
- El juez de control
convocará a las partes
a una audiencia oral,
- Actos
procesales
- Admisión de la
acusación
- El juez de control
- se dictará
ante las
partes
- y
contendrá
- la identificación
de la persona
acusada
- la descripción
precisa del hecho
objeto del juicio
- y su
calificación
jurídica
- admite la acusación
- COPP, Art 314
- Auto de
apertura a juicio
- e emplazará a las
partes para que, en
el plazo de 5 días,
concurran ante el
juez de juicio
- Desarrollo de la
Audiencia
- Artículo 312. El día
señalado se realizará
la audiencia
- las partes expondrán
brevemente los
fundamentos de sus
peticiones
- Durante la audiencia
el imputado o
imputada podrá
solicitar que se le
reciba su declaración
- las formalidades
previstas en el Código.
PP
- Facultades
- Artículo 311. Hasta cinco
días antes del
vencimiento del plazo
fijado para la
celebración de la
audiencia preliminar
- siempre que
La victima y
el fiscal
- haya querellado o
haya presentado
una acusación
particular propia
- el imputado o
imputada
- Realizaran por
escrito los actos
siguientes
- Oponer las
excepciones
previstas en el
COPP
- Pedir la imposición
o revocación de
una medida
cautelar
- Solicitar la aplicación
del procedimiento por
admisión de los
hechos
- Proponer
acuerdos
reparatorios
- objeto de
estipulación
entre las
partes.
- Solicitar la
suspensión
condicional del
proceso
- Proponer
las pruebas
- promover
pruebas
- Artículo 313.
Finalizada la
audiencia
- el Juez de control
resolverá, en
presencia de las
partes
- defecto de forma
en la acusación
de el o la Fiscal o
de el o la
querellante
- Admitir, total o
parcialmente, la
acusación del Ministerio
Público o de el o la
querellante
- Dictar el
sobreseimiento
- Resolver las
excepciones
opuestas
- Decidir acerca
de medidas
cautelares
- Sentenciar conforme al
procedimiento por
admisión de los hechos.
- Aprobar los
acuerdos
reparatorios