Zusammenfassung der Ressource
"Poderes De La Unión" v1
- PODER EJECUTIVO
- PODER JUDICIAL
- PODER LEGISLATIVO
- El poder judicial se depositara en un congreso general, el cual se
denominará "Congreso de la Unión".
- Integrado por dos cámaras: La Cámara
de diputados y La Cámara de senadores
- CÁMARA DE DIPUTADOS
- Está integrada por 500 diputados
- De los cuales...
- -300 son electos por principio de
votación mayoritaria relativa-
- -200 se eligen según el principio de
representación proporcional-
- DIPUTADOS
- Duran 3 años en su cargo
- REQUISITOS
- Posee facultades exclusivas
que se ven reflejadas en el
artículo 74 de la constitución
- CÁMARA DE SENADORES
- Está integrada por 128 senadores
- De los cuales...
- -En cada Estado y en la Ciudad de México,
dos serán elegidos según el principio de
votación mayoritaria relativa y uno será
asignado a la primera minoría-
- -Los 32 restantes serán elegidos según el
principio de representación proporcional-
- SENADORES
- Duran 6 años en su cargo
- REQUISITOS:
- Se requiere: ser ciudadano mexicano, tener 21
años (diputados) y 25 años (senadores), ser
originario de la entidad federativa en que se
haga la elección, no estar en servicio activo de
la milicia, no ser secretario o subsecretario de
Estado, no ser ministro de la Suprema Corte
de Justicia o de algún culto religioso.
- Posee facultades exclusivas
que se ven reflejadas en el
artículo 76 de la constitución
- Cada cámara sera representada
por un presidente que sus
mismos integrantes designaran.
- Los diputados son los representantes del pueblo
(electos cada 3 años) y los senadores de las
entidades federativas (electos cada 6 años).
- Con relación a la obligación que
adquieren, los diputados y
senadores propietarios no podrán
desempeñar otro cargo, comisión o
empleo por los cuales tengan un
sueldo, sin licencia previa de la
Cámara respectiva; en caso
contrario, serán castigados con la
pérdida del carácter de diputado o
senador.
- Su principal función consiste en crear,
aprobar, reformar y derogar las leyes.
- Este poder se renovara por completo cada 6
años.
- Existen facultades que corresponden a
ambas Cámaras, estás se ven reflejadas
en artículo 73 de la constitución