Zusammenfassung der Ressource
REGIMEN DE ADUANAS
- DISPOSICIONES GENERALES
- CAPITULO 1
- ALCANCE
- Regula las relaciones juridicas
establecidas entre adminitración
aduanera e interventores en:
• Ingreso • Permanencia • Traslado
• Salida De mercancías Aplicable
también en disposiciones especiales
entre acuerdos comerciales, referidos
entre otros.
- DEFINICIONES
- Se encuentran las expresiones usadas
con su debido significado para efectos
de la aplicación de decreto.
- PRINCIPIOS
- Se tiene en :cuenta los
siguientes principios
- 1) EFICIENCIA: Prevalencia de servicio ágil y oportuno facilitando y agilizando el
comercio
- 2) FAVORABILIDAD: si el acto se define de fondo con imposición o sanción la norma favorecerá
al interesado
- 3)JUSTICIA: las actuaciones administrativas deben ser justas y actuar dentro del marco legal sin
exigir más de lo establecido
- 4)PROHIBICIÓN: NO se debe sancionar ni aprehender más de una vez la mercancía por la misma
causal
- 5) SEGURIDAD: cumplir con un marco de sistema de gestión de riesgo garantizando seguridad
logística, ambiental y de salud entre otras
- 6) TIPICIDAD: este principio omitirá una infracción aduanera solo si esta descrita de manera
completa, clara e inequívoca.
- 7) PROHIBICION DE LA ANALOGIA: NO se sancionara, aprehenderá o decomisara por razones de
interpretación análoga o extensiva de las normas
- 8) PREVALENCIA DE LO SUSTANCIAL: Al interpretar normas aduaneras se considerará que el
objeto de los procedimientos aduaneros es la efectividad del derecho sustancial contenido en el
decreto.
- CAPITULO 2
- OBLIGACIÓN ADUANERA
- Relaciona regímenes, modalidades u
operaciones aduaneras con personas
directa o indirectamente relacionadas
encaminando obligaciones por
incumplimiento con acciones como
detención mercancías por parte de la
administración aduanera imponiendo
sanciones y demas
- ALCANCE DE LA OBLIGACION ADUANERA
- corresponde al cumplimiento de
obligaciones en cualquier regimen
modalidad u poeracion aaduanera
adelantando asi obligaciones aduaneras
con respecto a pago de tributos, intereses,
tasas, recargas etc.
- NATURALEZA DE LA OBLIGACION
ADUANERA
- De carácter personal sin perjuicio
de tener cumplimiento efectivo
sobre mercancía ya sea por
abandono o decomiso sobre
garantía u obligación.
- OBLIGADOS ADUANEROS
- DIRECTOS: usuarios aduaneros
INDIRECTOS: persona que intervenga
indirectamente en un trámite u
operación aduanera
- RESPONSABLES DE LA OBLIGACION ADUANERA
- Serán responsables los que intervengan
en el suministro de toda
documentación e información exigida
por la unidad administrativa especial de
impuestos y DIAN en este caso:
IMPORTADOR: quien cumplirá con
todas sus obligaciones de forma
correcta ya sea directa o
indirectamente cumpliendo con lo
establecido en el decreto
- CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES
- La documentación de transporte y de
soporte de comercio exterior deberá
incluir NIT. Las actuaciones de la DIAN
deberán ser suscritas para representarlo
ante el contratante
- REQUISITOS Y OBLIGACIONES DEL IMPORTAOR
O EXPORTADOR
- El importador o exportador deben cumplir con
los requisitos y obligaciones relacionadas a
momento de la declaración aduanera,
cancelación de tributos aduaneros como lo
determine la DIAN, proporcionar información
clara y garantizada, respetar los protocolos y
procedimientos de seguridad, cumplir con la
norma, conservar registros