Zusammenfassung der Ressource
INCOTERMS 2020 FINAL
- Creadas por la Camara de Comercio
Internacional
- Primera versión 1936
- Su objetivo es promover el comercio, la
inversión internacional, las políticas y
medidas dirigidas a facilitar la
operación internacional de las
empresas.
- Son reglas internacionales para la
interpretación de los términos
comerciales
- Su aceptación por parte del comprador y
vendedor es voluntaria
- Deben ser expresados y aceptados por
amabas partes dentro del contrato de
compraventa internacional
- Es importante conocerlos e identificarlos por sus abreviaturas
- Informar al transportista sobre el
INCOTERM acordado en el contrato de
compraventa, pues este debe coincidir
con el contrato de transporte
- Los INCOTERMS determinan la transferencia de
COSTOS y RESPONSABILIDADES
- Especificar lugar y fecha de descarga y entrega
- Cobertura del contrato y alcance geográfico
- Indicar el tipo de mercancía, embalaje y
necesidades especiales
- Cláusulas, prorrogas y empresas durante el proceso
- Los INCOTERMS no determinan
precio ni forma de pago
- INCOTERMS MULTIMODALES
- EXW ( En frábrica)
- Entrega en el taller, fábrica o almacén
- Embalar la mercancía para la exportación
- Informar al importador cuando pueda
recoger la mercancía
- El importador deberá tramitar las licencias o permisos
para la exportación e importación
- FCA (Free Carrier)
- El exportador entregará la mercancía al
transportista o persona indicada por el
importador, en el lugar acordado, cargando la
mercancía en el medio de transporte provisto
por el importador.
- Obtener las licencias / autorizaciones necesarias para
exportar.
- El exportador puede contratar el transporte, por
cuenta y riesgo del importador
- El exportador deberá los trámites aduaneros para exportar
- CPT (Carriage Paid To) “Transporte Pagado Hasta” s
- el exportador entregará la mercancía al transportista que haya contratado (u otra persona designada por el
propio exportador), en el lugar acordado por el exportador y el importador.
- El lugar / punto de entrega de la mercancía no coincide con el de destino.
- el reparto de costes y la transmisión de riesgos entre exportador e importador no se
producen en el mismo lugar.
- La obligación del exportador de entregar la mercancía termina con la
entrega de la misma al transportista y NO con la llegada de la
mercancía al lugar de destino
- CIP (Carriadge and Insurance Paid To)
- El exportador entregará la mercancía al transportista que
haya contratado (u otra persona designada por el propio
exportador), en el lugar acordado entre exportador e
importador.
- El lugar / punto de entrega de la mercancía no coincide con el de destino
- El exportador deberáContratar un seguro de la mercancía
- El riesgo, asumido por el importador, de pérdida o daño de la
mercancía durante el transporte estará cubierto por el seguro que ha
de contratar el exportador.
- DAP (Delivered at Place)
- el exportador entrega la mercancía una vez sea puesta a disposición del
importador en el lugar convenido, antes de descargarla.
- precisar con el máximo detalle posible el
punto de entrega de la mercancía, dentro
del lugar de destino
- el exportador asume los riesgos de llevar la
mercancía hasta el punto acordado
- El importador debe tramitar las licencias de importación y
otras autorizaciones necesarias.
- DPU (Delivered At Place Unloaded)
- “Entregada en el lugar de descarga
- Es la única regla que exige al exportador la descarga
de la mercancía en el lugar convenido.
- La transmisión de riesgos del exportador al importador se produce
en el punto de entrega acordado.
- DDP (Delivery Duty Paid)
- El exportador entrega la mercancía poniéndola a disposición del
importador, tras realizar los trámites aduaneros de importación (en el
país de destino), lista para ser descargada desde el medio de transporte
utilizado, en el lugar / punto de destino acordado.
- conlleva más obligaciones para el exportador
- El exportador asumirá los costes y riesgos hasta la entrega en el punto
convenido en el lugar de destino
- Los impuestos exigibles para la importación de la mercancía han
de ser satisfechos por el exportador
- Es necesario que el exportador tenga capacidad para realizar los
trámites aduaneros necesarios para el despacho de importación
en el país de destino
- INCOTERMS Transporte marítimo por vías
navegables de interior
- FOB (Free On Board)
- El exportador entregará la mercancía a bordo del buque
designado por el importador, en el puerto de embarque
convenido (en la forma habitual en dicho puerto).
- Si la mercancía se transporta en contenedor, este término debería
reemplazarse por el FCA, ya que, en ese caso, normalmente, el
exportador entrega la mercancía en la terminal de contenedores,
- El exportador deberá realizar los trámites aduaneros
para exportar
- Suministrar información, por cuenta y riesgo del
importador, para que éste contrate el seguro.
- El importador deberá contratar el transporte de la
mercancía desde el puerto de embarque
designado
- . FAS (Free Alongside Ship)
- El exportador entregará la mercancía colocándola al costado del buque
designado por importador, en el punto de carga fijado por dicho
importador, dentro del puerto de embarque convenido
- El exportador deberá realizar los trámites aduaneros para exportar
- El exportador deberá suministrar información, por cuenta y riesgo del
importador, para que éste contrate el seguro.
- CIF (Cost, Insurance and Freight)
- El exportador entrega la mercancía a bordo del buque designado
- La transferencia de costos y riesgos se realiza en lugares diferentes
- Es importante que en el contrato se especifique el puerto de
embarque de la mercancíaya que es ahí donde el
exportador transmite el riesgo al importador.
- El riesgo, asumido por el importador, de pérdida o daño de la mercancía durante
el transporte estará cubierto por el seguro que ha de contratar el exportador
- CFR (Cost And Freight)
- El exportador entrega la mercancía a bordo del buque
designado
- Contratar el transporte (marítimo) de la mercancía desde el lugar / punto de entrega hasta el
puerto de destino (o un punto dentro de éste).
- Suministrar información, por cuenta
y riesgo del importador, para que
éste pueda contratar el seguro.