Zusammenfassung der Ressource
FICHA 901-501-006
- CARÁCTER DE AGENTE DE AUTORIDAD
- DEFINICIÓN
- TRIBUNAL SUPREMO
28ENE1982
- “a quienes por razón de cargo están
obligados a auxiliar a la autoridad en el
ejercicio de sus funciones y ejecutar y
llevar a efecto sus providencias,
acuerdos, órdenes y mandatos”.
- GENERALIDADES
- necesidad
obligación en las
actuaciones
- amparo en una
autoridad
superior
- JUAN EDUARDO BARRACHINA
DICCIONARIO DERECHO PÚBLICO
- Figura intermedia entre autoridad y
funcionario público. Se encarga de
hacer cumplir las órdenes y
disposiciones que emanan de la
autoridad. Actúa por delegación o en
nombre de la autoridad
- EL MILITAR COMO AGENTE DE AUTORIDAD
- LEY CARRERA MILITAR DISPOSICIÓN
TERCERA
- Los miembros de las FF.AA que presten sus servicios como PM o que
intervengan en las operaciones descritas en el artículo 16.e de la Ley de la
Defensa Nacional9, tendrán carácter de AG.autoridad en el ejercicio de
sus funciones, en las circunstancias y con las condiciones que
reglamentariamente se determinen
- R.D SEG FFAA
DISPOSICIÓN
PRIMERA
- CIRCUNSTANCIAS
- UME / otras unidades en situaciones de necesidad pública
- apoyo FCSE vigilancia y protección
- prestar servicios PM permanente o temporal
- CONDICIONES EN LAS
ACTUACIONES
- en el ejercicio de
sus funciones
- (todas ellas a la vez)
- formación y preparación específica conociendo derechos y obligaciones
- exista orden de servicio
- identificación visible acreditándoles
- caso contrario la protección legal
será la de CENTINELA O FFAA
- CPM Art. 34
- desobediencia o
resistencia
- pena 3 meses y un día
a 2 años prisión
- maltratare de obra
- pena 4 meses a 3 años prisión
- si se usan armas o medio peligroso
- en situación conflicto armado, estado de
sitio o operación internacional coercitiva o
de paz
- CPM Art. 35
- penas grado superior
- DELITOS CPM Art.550 A 556
- GUARDIA CIVIL
- fuera de funciones de naturaleza policial
- RD 194/2010 SEG FAS
Art.29.1
- Los miembros de las FFAA que presten su servicio como
PM, naval o aérea, sin perjuicio de su carácter de fuerza
armada cuando proceda, tendrán el carácter de agente
de la autoridad en el ejercicio de sus funcione
- IMPLICACIONES DE ADQUIRIR LA CONDICIÓN
- desarrollo actividades se halla en
POSESIÓN FUERZA COACTIVA
- uso legítimo fuerza para
cumplir sus órdenes
- PROTECCIÓN LEGAL
- refuerza la protección
penal del militar, pero en
delitos específicos
- CP, título22, capitulo2, Art. 550 a 556
- CP Art. 514
- CP Art. 634
- CP Art. 215
- RD SEG FAS Art.34
- ESTADO responsable de las
responsabildiades civiles en el
ejercicio legítimo de su función
- LEGISLADOR protección
CP Art.20.7
- no le ampara del exceso, abuso o
mal uso de sus facultades
- OBLIGACIONES
- LEY ENJUICIAMIENTO
CRIMINAL Art.490 a 492
- En ausencia de FCSE, el
agente de la autoridad
deberá actuar ante un
delito flagrante
- delito que se está
cometiendo o de inmediata
ejecución, y que deja de
existir si el delicuente se
pone a salvo
- EMPLEO DE LAS ARMAS DE FUEGO
- forma restrictiva
- armas reglamentariamente
asignadas dependiendo
servicio encomendado
- situaciones supongan un
grave riesgo
- intentar producir la menor
lesividad posible
- Secretaría NACIONES
UNIDAS MILÁN
resolución 1986/10, acta
reunión 14
- antes de utilizar un arma
- agotar medios menos nocivos
- dar una advertencia clara
- si se usa
- prestar asistencia médica
- TRIBUNAL SUPREMO
17/02/86 sala segunda
- el otorgamiento de un título profesional supone
fundada e indudablemente una presunción de pericia
- saber utilizar el arma en cada momento