Zusammenfassung der Ressource
CLASIFICACION DE
LOS BIENES (2)
- DEFINICIÓN
- Todo aquello que puede ser objeto de
apropiación, lo que permite atribuirle un
valor económico y comercial.
- CLASIFICACIÓN
- El Art. 582 del Libro II del Código Civil
- CORPORALES
- Cosas que tienen un
ser real y pueden ser
percibidas por los
sentidos. Ejemplo:
Casa, un libro
- MUEBLES
- Cosas que pueden
transportarse de un lugar a
otro, sea moviéndose por si
mismas o por fuerza
exterior
- FUNGIBLE
- Cosas que no
pueden hacerse el
uso conveniente a su
naturaleza sin que
se destruyan
- NO
FUNGIBLE
- Cosas que no se
consumen mientras se
haga un uso adecuado de
los mismos.
- INMUEBLES
- Cosas que no se pueden
transportar de un lugar a
otro, es decir, se
encuentran inmovilizadas
- BIENES
RAICES
- INCORPORALES
- Cosas que consisten
en meros derechos.
Ejemplo: los créditos, y
las servidumbres
activas.
- DERECHO
REAL
- Relación jurídica por el cual una
persona puede obtener una cosa,
toda o parte de utilidad que ella
produce en forma exclusiva y
oponible a los demás
- DOMINIO
- HERENCIA
- USUFRUTO
- USO o
HABITACIÓN
- SERVIDUMBRES
ACTIVAS
- PRENDA
- HIPOTECA
- DERECHO
PERSONAL
- Relación entre deudor y
acreedor, en cuya
relación el deudor asume
una obligación y el
acreedor tiene la facultad
de exigir el cumplimiento
- DERECHOS
PERSONALES
- Las obligaciones
entre un sujeto
activo y uno pasivo.
- DERECHOS
CREDITICIOS
- Cuando el sujeto activo o
acreedor obtiene la
posibilidad de ejecutar una
acción contra el sujeto pasivo
o deudor.
- OBLIGACIONES
- Cuando al sujeto pasivo o
deudor le corresponde
desempeñar un tributo al que
esta obligado
- BIENES
NACIONALES
- Se llaman bienes nacionales
aquellos cuyo dominio
pertenece a la nación toda; no
pueden venderse, donarse o
ceder su derecho o dominio
sobre éstos, así como tampoco
pueden perder vigencia o
validez
- BIENES
PÚBLICOS
- Pertenece a la nación toda y además su
uso pertenece a todos los habitantes de la
Nación
- USO
FLUVIAL
- USO TERRESTRE
- USO MARÍTIMO
- USO MINERO
- USO AÉREO
- BIENES
FISCALES
- Los bienes nacionales cuyo uso no pertenece
generalmente a los habitantes se llaman bienes
del Estado o bienes fiscales.