Zusammenfassung der Ressource
LEGALIDAD DE LAS ACTUACIONES
- CACHEOS
- Toda esta jurisprudencia es extensible, con las características de realizarse en el ámbito militar, a la
actuación del policía militar. Se distinguen dos tipos de cacheos: — Por orden judicial (art. 563 de la Ley
de Enjuiciamiento Criminal). — Sin necesidad de autorización judicial, en los siguientes casos: • Con el
consentimiento del titular. • Por sospecha fundada de la comisión de un delito. • Como medida de
seguridad para el acceso a una instalación protegida. • En un delito flagrante (art. 553 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal). • Cuando haya mandamiento de prisión contra una persona. • Con ocasión de
la detención de un presunto terrorista o rebelde, en el caso de excepcionalidad o urgente necesidad.
- REGISTROS
- “El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin
consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito”.
- El derecho a la intimidad.
- El derecho a la intimidad, no es absoluto y, por lo tanto, puede verse limitado.
Se podra limitar cuando cuando se imponen limitaciones como consecuencia
de los deberes jurídicos que el propio ordenamiento jurídico regula.
- La consideración de domicilio
- el domicilio inviolable es un espacio en el cual el individuo vive sin estar sujeto
necesariamente a los usos y convenciones sociales y ejerce su libertad más
íntima. el contenido esencial del derecho es fundamentalmente negativo,
puesto que lo que se garantiza es ante todo la facultad del titular de excluir a
otros de ese ámbito espacial reservado, de impedir o de prohibir la entrada o
permanencia en él de cualquier persona”,
- Protección del derecho a la intimidad
- se plasma, en concordancia con la Constitución española, en
la Ley Orgánica 9/2011
- Registros en habitaciones de residencias
de mandos en territorio nacional
- Tienen carácter de domicilio , solo se podrá entrar en las
habitaciones de las mismas en los casos de: — Consentimiento del
alojado. — Flagrante delito. — Con autorización judicial.
- LAS MEDIDAS QUE PUEDEN AFECTAR A LOS
DERECHOS FUNDAMENTALES DEBERÁN SER
- Idóneas
- Necesarias
- Proporcionales
- Justificadas