Zusammenfassung der Ressource
Tratados Internacionales
- Acuerdo internacional celebrado por
escrito entre Estados y regido por el
Derecho Internacional (Convención
de Viena Art.2 N°1, literal a)
- Fase Interna
- Regulada en la
Constitución en los
Art. 32 N°15 y 54 N°1
- Aprobación que debe dar el Congreso
Nacional al texto tratado.
- Podrán aprobar o desechar los
tratados,mas no modíficarlos.
- Se siguen los mismos
trámites de una ley.
- una vez aprobado
se procede a...
- Ratificar
- Manifestación del consentimiento del
Estado en obligarse por un tratado.
- Convención de Viena establece que el consentimiento podrá manifestarse
mediante una firma,ratificación,aceptación,aprobación o adhesión.
- Canje o depósito
- de los instrumentos de
ratificación,aprobación,aceptación
o adhesión
- La Convención de Viena hará constatar el consentimiento de un Estado en:
- Su canje entre los Estados Constatantes
- Su depósito en poder del depositario
- Puede se un Estado Neutral,algún
organismo internacional o el principal
funcionario administrativo.
- Su notificación a los Estados contratantes o
al depositario si así se ha convenido
- Registro y Publicación
- Art. 80 dela Convención de Viena: "Los tratados,despues de su
entrada en vigor,se transmiten a la Secretaria de la ONU para su
registro o archivo e inscripción,según el caso,y para su publicación."
- Fase Externa
- Reguladas por las normas de Derecho
Internacional contenidas en la
Convención de Viena, ratificada por Chile
y publicada en 1981
- Confiada al Presidente de la República.
- etapas...
- Negociación
- Conjunto de las actuaciones por
medio de las cuales los Estados
procuran llegar a un acuerdo acerca
de las cláusulas de un tratado.
- Adopción del texto
- El texto de que se trate cuenta ya
con el consentimiento de todos los
Estados participantes en su
elaboración.
- Autenticación
- El acto formal por medio del
cual el texto de un tratado queda
establecido como auténtico y
definitivo.
- La representación Internacional del Estado, su
conducción de relaciones con otros Estados y
organismos es exclusiva atribución del Presidente
(Art.54, N°1; CPR)
- Se extiende a
todas las materias
"que estime
conveniente para
los intereses del
país ". (Art. 32, N°15;
CPR)
- Trabajo realizado por:
Constanza More M.