Zusammenfassung der Ressource
PROCESO EJECUTIVO
- TITULO EJECUTIVO
- Obigación: Clara, Expresa y exigible
- conste en documentos
- Pueden provenir : 1. Del deudor o de su causante (que constituyan plena prueba contra él), 2. De una sentencia
condenatoria u otra providencial judicial. 3. De las providencias que en procesos de policía aprueben
liquidación de costas o señalen honorarios de auxiliares de la justicia. 4. Las demás que señale la ley
- La confesión hecha en el curso de un proceso no constituye titulo ejecutivo, pero sí la que conste en interrogatorio
(art184)
- REQUERIMIENTO PARA CONSTITUIR EN MORA Y NOTIFICACIÓN DE LA
CESIÓN DE CRÉDITO
- cuando se notifica el mandamiento ejecutivo,
este hará las veces de requerimiento para
constituir en mora al deudor
- Si la obligación es de pagar una cantidad líquida de dinero
e intereses, la demanda podrá versar sobre aquella y
estos, desde que se hicieron exigibles hasta que el pago
se efectúe.