Zusammenfassung der Ressource
LEY 906 DE 2004
CÓDIGO DE
PROCE. PENAL
- MOTIVOS PARA PRIVAR DE LA
LIBERTAD A UNA PERSONA
DENTRO DE UN PROCESO PENAL
- La libertad personal
podrá ser afectada
dentro de la actuación
- Cuando sea necesaria para evitar la
obstrucción de la justicia
- Para asegurar la comparecencia
del imputado al proceso
- La protección de la
comunidad y de las
víctimas
- Para el cumplimiento
de la pena
- Tienen carácter
excepcional
- Solo podrán ser
interpretadas
restrictivamente
- CUATRO (04) CAUSALES PARA LA
APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE
OPORTUNIDAD
- Cuando la imputación
subjetiva sea culposa
- Los factores, que la determinan
califiquen la conducta
- Mermada
significación
- jurídica
- Social
- Cuando se afecten
mínimamente bienes
colectivos
- Siempre y
cuando se dé
- La reparación
integral
- Pueda deducirse que el hecho
no volverá a presentarse.
- Cando la conducta se realice
excediendo una causal de
justificación
- Si la desproporción
significa un menor valor
- jurídico
- Social
- Explicable en el ámbito de
la culpabilidad
- Cuando el juicio de reproche de
culpabilidad sea de tan secundaria
consideración
- Que haga de la
sanción penal
- una respuesta innecesaria
- Sin utilidad social
- RESTRICCIONES A LA
PUBLICIDAD DE LAS
AUDIENCIAS EN EL
PROCESO PENAL
- Serán de carácter
reservado las audiencias
de control de legalidad
- Allanamientos
- Registros
- interceptación de
comunicaciones
- Vigilancia y seguimiento de
personas y de cosas
- Autorización judicial
previa para la
realización de
- inspección corporal
- Obtención de muestras que
involucren al imputado
- Procedimientos en caso de
lesionados o de víctimas de
agresiones sexuales
- Aquella en la que decrete una
medida cautelar
- Restricciones a la
publicidad por motivos de
orden público, seguridad
nacional o moral pública
- El juez, mediante
auto motivado,
podrá imponer
- Limitación total o
parcial del acceso al
público o a la prensa
- Imposición a los presentes del deber
de guardar reserva sobre lo que ven,
oyen o perciben
- Restricciones a la publicidad
por motivos de seguridad o
respeto a las víctimas
menores de edad
- En caso de que fuere
llamada a declarar una
víctima menor de edad
- El juez podrá limitar total o
parcialmente el acceso al
público o a la prensa
- Restricciones a la
publicidad por motivos de
interés de la justicia.
- Cuando los intereses de la justicia se
vean perjudicados o amenazados por
la publicidad del juicio
- En especial cuando la
imparcialidad del juez
pueda afectarse
- El juez, mediante auto motivado,
podrá imponer a los presentes
- El deber de guardar
reserva sobre lo que ven,
oyen o perciben
- Limitar total o parcial el
acceso del público o de la
prensa
- PRINCIPIO DE PUBLICIDAD
- Cuando el juez
considere que la publicidad de los
procedimientos pone en peligro
- A las víctimas
- Jurados
- Testigos
- Peritos
- Demás intervinientes
- Se afecte la seguridad nacional
- Se exponga a un daño psicológico a
los menores de edad que deban
intervenir
- Se menoscabe el derecho del
acusado a un juicio justo
- Se comprometa seriamente el
éxito de la investigación
- No podrá excluirse
- Fiscalía
- Acusado
- Defensa
- Ministerio Público
- Víctima
- Representante legal
- Protección de la
imagen de los
testigos
- El juez o tribunal podrá
decretar la prohibición
- De que sean
fotografiados
- o se capte su imagen
a través de cualquier
otro medio