Zusammenfassung der Ressource
Principios Procesales
Constitucionales y
Convencionales que
Rigen el Amparo
- Iniciativa/Instancia
de parte
- Persona acuda ante ella por considerar que una autoridad,
mediante un acto, abstención o una ley, le ha violado sus
derechos sustantivos constitucionales
- Solicita el amparo y protección de la
justicia federal en contra de dicho
acto, abstención o ley
- Art. 107, 8, 17 Const.
- Juicio de amparo se seguirá siempre a instancia de parte agraviada
- Existencia de
Agravio/directo
- Debe recaer precisamente en una persona determinada, física o moral, que sea la titular de los derechos
o posiciones conculcados por el acto de autoridad
- Prosecución judicial
del amparo
- Juicio de amparo debe revestir en su trámite o desarrollo el carácter de un proceso
judicial verdadero y real, con todas las etapas o "formas jurídicas" del procedimiento
jurisdiccional, como la demanda, su contestación, ofrecimiento, admisión y desahogo
de pruebas, periodo de alegatos y el dictado de la sentencia.
- Etapas: DEMANDA, CONTESTACIÓN, OFRECIMIENTO, ADMISIÓN Y DESAHOGO
DE PRUEBAS, PERIODO DE ALEGATOS, DICTADO DE SENTENCIA
- Relatividad de
sentencia
- La sentencia que conceda el amparo únicamente protege los intereses jurídicos del quejoso, sin poder
realizar una declaración general de inconstitucionalidad
- Definitividad del acto
reclamado y excepciones
- Sólo procede respecto de actos definitivos, lo que significa que en contra de dichos actos no existe
ningún recurso o medio de defensa legal por virtud del cual pueda ser modificado o reformado, tal
principio se encuentra contenido en el art. 107 constitucional, frac. III, incs. A) y b).
- Suplencia de queja
- La suplencia opera exclusivamente en relación a los conceptos de violación de la demanda de amparo y
de los agravios esgrimidos en los escritos de recursos, sin que otro punto de dicho libelo pueda ser
materia de la suplencia, a menos que se trate de amparo agrario
- Estricto Derecho de la
sentencia de Amparo
- Obliga a las autoridades jurisdiccionales de amparo, a entrar a estudiar el
fondo la controversia constitucional o convencional internacional, que haya
sido planteada ante ellos, a efecto de determinar si existen violaciones
constitucionales manifiestas con el fin, de salvaguardar los derechos humanos
y derechos sustantivos constitucionales convencionales que determina la
constitución
- Procedencia de Juicio
de Amparo Indirecto
- Procede el juicio de amparo directo ante los tribunales colegiados de circuito
- Art. 107 f.V. El amparo contra sentencias definitivas, laudos o resoluciones que pongan fin al juicio se
promoverá ante el Tribunal Colegiado de Circuito competente
- Procedencia del juicio de
amparo ante juez de distrito
- El amparo contra actos u omisiones en juicio, fuera de juicio o después de concluido, o que afecten a
personas extrañas al juicio, contra normas generales o contra actos u omisiones de autoridad
administrativa, se interpondrá ante el Juez de Distrito bajo cuya jurisdicción se encuentre el lugar en
que el acto reclamado se ejecute o trate de ejecutarse, y su tramitación se limitará al informe de la
autoridad, a una audiencia para la que se citará en el mismo auto en el que se mande pedir el informe y
se recibirán las pruebas que las partes interesadas ofrezcan y oirán los alegatos, pronunciándose en la
misma audiencia la sentenci
- Ex oficio
- jueces de amparo, se encuentran obligados a
realizar dicho control judicial a fin de
garantizar la eficacia de los derechos
humanos de fuente nacional e internacional
- Pro hominem
- Convencionalidad
- Debe ejercerse ex officio sin necesidad de que las
partes lo soliciten; y dentro de las competencias y de
las regulaciones procesales correspondientes de
cada autoridad, considerando otros presupuestos
formales y materiales de admisibilidad y
procedencia
- competencia de la Corte IDH para
conocer y decidir un caso aplicando la
Convención Americana, tanto en los
hechos como en el derecho de
cualquier asunto que se le presente y
en el cual sea competente
- Constitucionalidad
- Control difuso de la constitucionalidad adquiere otra dimensión, al extenderse
esta obligación a todos los juzgadores. la supremacía constitucional prevalece de
todas formas, pues la Constitución se sigue conservando en primer lugar
- Principios Secundarios derivados
del art 1 Constitucional DDHH
- Universalidad
- Todos los seres humanos
gozan de los DDHH
- Interdependencia
- Los derechos humanos son
interdependientes en tanto
establecen relaciones recíprocas
entre ellos y son indivisibles en la
medida en que no temen tomarse
como elementos aislados o
separados
- Indivisibilidad
- Progresividad