Zusammenfassung der Ressource
PROCEDIMIENTO ORDINARIO
- Se refiere a los conflictos individuales y colectivos de naturaleza
jurídica que no tienen una tramitación especial. Su marco legal, está
comprendido en los artículos 870 a 891 de la Ley Federal del Trabajo y
se divide en 2 fases:
- a) Fase de instrucción
- Comprende las siguientes etapas: Primera, comprende la
presentación de la demanda, auto de recepción a trámite,
notificaciones, emplazamiento y traslado (artículos 870 a
873, así como 742 fracción 1 y 743 de la Ley Federal del
Trabajo); Segunda, comprende la celebración de la
audiencia de conciliación, demanda, excepciones,
ofrecimiento y admisión de pruebas, cuyo desarrollo es de
acuerdo a los artículos 874, 876, 878 y 879 de la Ley Federal
del Trabajo; Tercera, comprende la etapa de desahogo de
pruebas, que se efectúa considerando las pruebas ofrecidas
por las partes (artículos 880 a 885 de la Ley Federal del
Trabajo); Cuarta, cierre de instrucción, que se da previa
certificación de que no existen pruebas pendientes por
desahogarse (artículo 885 de la Ley Federal del Trabajo)
- b) Fase resolutiva
- que comprende lo siguiente: Primera, que se refiere a
la formulación del proyecto de laudo – dictamen
(artículos 885 a 891 de la Ley Federal del Trabajo).
Segunda, que se refiere a la discusión y votación del
proyecto de laudo (artículos 887 y 888 de la Ley Federal
del Trabajo) Tercera, que es la aprobación y firma del
laudo (artículos 889 y 890 de la Ley Federal del Trabajo)