Zusammenfassung der Ressource
reforma al reglamento
- La Universidad garantiza la
libertad de aprendizaje, por la
cual sus integrantes pueden
acceder a la formación
académica que asegure el
desarrollo de su personalidad,
el respeto a la pluralidad de
pensamiento y a la igualdad en
la diferencia.
- La Universidad admitirá a los
aspirantes debidamente inscritos a
un programa académico, teniendo en
cuenta el cumplimiento de los
requisitos exigidos por la Ley,
- Los programas que requieran pruebas
adicionales, harán la primera selección con
base en un examen de aptitudes especiales.
- La matrícula deberá renovarse para
cada período académico en la
respectiva Dirección de Escuela, con la
asesoría del profesor tutor, y sólo
surtirá efectos legales,
- Al estudiante que haya sido retirado de un programa
por bajo rendimiento académico, no se le tendrá en
cuenta las asignaturas cursadas, para efectos de
homologación a un nuevo programa en la Institución.
- La UPTC es un ente universitario
autónomo, de carácter nacional,
con personería jurídica, régimen
especial y vinculada al Ministerio
de Educación Nacional en lo que se
refiere a las políticas y la
planeación del sector educativo
- El profesor de la asignatura evaluará los
procesos académicos valiéndose de diferentes
medios, tales como: pruebas orales o escritas,
trabajos debidamente sustentados,
- Es obligación del profesor
publicar los resultados
correspondientes a cada nota
parcial y enviar el resultado de
cada cincuenta por ciento (50%) a
la Dirección de la Escuela del
Programa
- La cancelación parcial de
asignaturas, hasta la segunda (2)
semana del respectivo Calendario
Académico,
- El plazo máximo para graduarse, presentar o
sustentar el Trabajo de Grado, o cumplir con algunas
de las modalidades de grado será de cuatro (4)
semestres académicos
- El otorgamiento del título se hará constar en el
Acta de Graduación, en el correspondiente
Diploma y en el Libro de Registro de Diplomas.
- La Universidad podrá expedir duplicado
del Diploma de Grado, por solicitud
escrita y motivada del interesado, según
las formalidades previstas en el presente
Reglamento.
- La Universidad otorgará una beca
anual por facultad para cursar uno
de los programas de postgrado de
la Institución, a los estudiantes de
pregrado que hayan obtenido
Grado de Honor.
- Se concederá la distinción de
publicación de trabajos, en las
revistas de la Universidad, a los
estudiantes que se destaquen con
sus escritos, por sus múltiples y
relevantes aportes a las ciencias, a
las artes o a las letras.
- El régimen disciplinario se aplicará a las
conductas, acciones u omisiones, cometidas por
el (los) estudiante(s) que afecten el
comportamiento social y la seguridad personal o
colectiva,
- La elección de Representante
Estudiantil ante otros organismos en
que proceda su representación, se hará
de acuerdo con la reglamentación que
establezca la Institución.