Zusammenfassung der Ressource
Ley 2069 Diciembre del 2020
- Titulos
- Titulo 1 MEDIDAS DE APOYO
PARA LAS MIPYMES
- Articulo 2). TARIFAS
DIFERENCIADAS DEL REGISTRO
ANTE EL INSTITUTO NACIONAL
DE VIGILANCIA DE
MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS
- INVIMA
- El Gobierno nacional
reglamentará el manual de
tarifas para el cobro de la
tasa de los servicios
prestados por el Instituto
Nacional de Vigilancia de
Medicamentos y
Alimentos, Invima.
- ARTÍCULO 3.) TARIFAS
DEL IMPUESTO
DEPARTAMENTAL DE
REGISTRO.
- -Actos y contratos tendrán
un del 0.5% y el 1%.
´-negocios jurídicos con
cuantía sujetos a registro
tendrán el incremento de la
prima 0.3% y el 0.7%. -
- Articulo 4). CAUSAL DE
DISOLUCIÓN POR NO
CUMPLIMIENTO DE LA
HIPÓTESIS DE NEGOCIO EN
MARCHA.
- Se dará por entendido, que
cualquier decisión tomado por la
administradores sociales, dando
ciertas decisiones por la falta del
cumplimiento de la hipótesis del
negocio
- Articulo 5). MECANISMO
EXPLORATORIO DE
REGULACIÓN PARA MODELOS
DE NEGOCIO INNOVADORES
EN INDUSTRIAS REGULADAS
(SANDBOX
- Se entiende que cualquier empresa
innovadora debera crear un
ambiente especial que apoyo la
economía del pais
- ARTÍCULO 6. CONVOCATORIA Y
DELIBERACIÓN DE REUNIONES
ORDINARIAS Y
EXTRAORDINARIAS.
- Se dará reuniones con las personas que
hallan puesto un 10% o mas, se deberá
hacer reuniones en cualquier día o
cualquier hora
- ARTÍCULO 7. SISTEMA DE
INFORMACIÓN PARA
ACTIVIDADES
ECONÓMICAS INFORMALES
- Se manejaran todo el tema de
emprendimiento, de ideas de negocio con el
DANE, se identificara las unidades
económicas para el diseño e implementación
de políticas públicas orientadas a la
formalización empresarial.
- ARTÍCULO 8.
CONTABILIDAD
SIMPLIFICADA PARA
MICROEMPRESAS
- Todas las personas encargada del tema de
contabilidad dentro de las empresas siempre
deben estar atento de las finanzas de la
compañia, El Gobierno podrá autorizar que las
microempresas lleven contabilidad de
acumulación, o de caja, o métodos mixtos,
según la realidad de sus operaciones, así como
según los criterios enumerados en el párrafo
anterior.
- ARTÍCULO 9. ALIANZAS PARA LA
PROMOCIÓN DEL DESARROLLO
EMPRESARIAL Y LA INCLUSIÓN
FINANCIERA DE LOS
MICRONEGOCIOS.
- El Minesterio de Comercio y
industria, ayudara aquellas
empresas nuevas sin animo de
lucra, con todo el tema de
microcrédito, para la evolución de
la compañía, también apoyando el
tema de empleos
- ARTÍCULO 10. ZONA
ECONÓMICA SOCIAL Y
ESPECIAL
- Exceptúese a las sociedades comerciales
que durante el año 2020 se acogieron en
el régimen especial en materia
tributaria ZESE, de cumplir el requisito
de generación empleo durante dicha
vigencia. Este requisito, deberá tener
cumplimiento a partir del año 2021.
- TITULO III ACCESO AL
FINANCIAMIENTO
- ARTÍCULO 37. MODIFICACIÓN DEL
OBJETO SOCIAL DEL FONDO
NACIONAL DE GARANTÍAS.
- El Fondo Nacional de Garantías S.A.
se someterá a la supervisión de la
Superintendencia Financiera y a las
reglas prudenciales sobre margen de
solvencia, patrimonio técnico,
constitución de reservas técnicas y
demás normas que determine el
Gobierno Nacional a partir del 10. de
enero de 2004.
- ARTÍCULO 38. FUNCIONES DEL
FONDO NACIONAL DE
GARANTÍAS.
- Atender todo tipo de empresaque
se identifiquen para el desarrollo de
las políticas del Gobierno Nacional
o los que señale su Junta Directiva;
- ARTÍCULO 39. SISTEMAS DE
MICROCRÉDITO.
- Los intermediarios financieros y las
organizaciones especializadas en crédito
microempresarial, deberán reportar
conforme lo determinen las entidades que
ejerce su inspección vigilancia y control,
los honorarios y comisiones cobrados."
- ARTÍCULO
40.
- "El mismo tratamiento previsto en este
artículo será aplicable a las donaciones a
iNNpulsa que realicen los contribuyentes
del impuesto sobre la renta
- ARTÍCULO 41
- el tratamiento previsto en este artículo será
también aplicable a las donaciones a
iNNpulsa que realicen los contribuyentes del
impuesto sobre la renta.
- ARTÍCULO 42. INVERSIONES
EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN. E
- El Gobierno Nacional apoyará a todo tipo de
empresa del campo, agroindustriales, etc,
con el fin de apoyar construyendo alianzas y
conexiones de valor para la llegada de
recursos provenientes del sector productivo.
- ARTÍCULO
43
- El gobierno nacional apoyara el
emprendimiento a través del fomento de redes
de ángeles inversionistas con enfoque de
inclusión que permita el desarrollo . y práctica
de emRrendimiento en todo el territorio
nacional.
- TITULO IV MARCO INSTITUCIONAL
- ARTÍCULO 46. UNIFICACIÓN
DE FUENTES DE
EMPRENDIMIENTO y
DESARROLLO
EMPRESARIAL
- Unifíquense en un solo patrimonio
autónomo el Fondo de Modernización e
Innovación para las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas y la Unidad de
Desarrollo Empresarial creados por las Leyes
590 de 2000 y 1450 de 2011, que se
denominará INNpulsa Colombia.
- ARTÍCULO 47.
EMPRENDIMIENTO,
FORMALIZACIÓN,
FORTALECIMIENTO Y
FINANCIACIÓN DE
EMPRENDIMIENTOS y
EMPRESAS DE MUJERES.
- Los diferentes entidades apoyaran a la
mujeres a que completar las ideas de
negocio, formalizando mas empleos
para las mujeres
- ARTÍCULO 48. ACTIVIDADES DE
INNPULSA COLOMBIA.
- Promoverá el emprendimiento, la
innovación empresarial, el crecimiento, la
formalización y el desarrollo empresarial
de las Mipymes d
- ARTÍCULO 49.
- Brindar asistencia a proyectos de
emprendimiento o innovación que se
vean afectados por el estado de
emergencia o la situación de desastre,
con el fin de promover condiciones
para su continuidad y desarrollo.
- ARTÍCULO 50. CENTROS DE
EMPRENDIMIENTO.
- Emprende es la iniciativa del Gobierno
Nacional, en cabeza de innpulsa Colombia, que
facilita la conexión entre los emprendedores,
la academia, la empresa privada, el Estado y la
sociedad para fortalecer y dinamizar el
desarrollo del emprendimiento y la innovación
en el país.
- ARTÍCULO 51. ENCUENTROS PARA
LA PROMOCIÓN DEL
EMPRENDIMIENTO y LA
INNOVACIÓN.
- INNpulsa Colombia articularán esfuerzos con las
Gobernaciones a nivel nacional para desarrollar
en el entorno local encuentros para la promoción
del emprendimiento y la innovación, como
iniciativa de política pública dedicada al
desarrollo de un entorno para las MiPymes a
través del cual se fortalecerá la transferencia de
conocimiento y conformación de redes de
emprendedores para dar a conocer el potencial de
negocios desde lo local hacia lo nacional.
- TITULO V EDUCACIÓN Y
EMPRENDIMIENTO
- ARTÍCULO 74. DOBLE TITULACIÓN Y
FORMACIÓN PARA EL EMPRENDIMIENTO, LA
INNOVACIÓN, EL EMPRESARISMO y LA
ECONOMÍA SOLIDARIA.
- Dar oportunidad a estudiantes de
colegios, para que puedan generar
ideas de negocio, en donde el
estudiante pueda obtener
conocimientos y capacidades
educativas, de formación para el
trabajo, el emprendimiento y la
innovación.
- ARTÍCULO 75. PROGRAMAS
FORMACIÓN DOCENTE. L
- Generar nuevas competencias de emprendimiento
que contribuyan al desarrollo de competencias
referidas al emprendimiento, la iniciativa
empresarial y de economía solidaria, la igualdad de
oportunidades en el entorno empresarial y la
creación y desarrollo de empresas y organizaciones
de economía solidaría que desarrollen actividades
productivas.
- ARTÍCULO 76. OPCIÓN
TITULACIÓN DE GRADO
- Las instituciones de educación para el trabajo y el
desarrollo humano podrán establecer en el marco
de su autonomía, como requisito para obtener el
título de profesión de las carreras que oferten, el
desarrollo de proyectos de emprendimiento e
innovación, por parte del estudiante de manera
autónoma o en asocio con actores del ecosistema.
- ARTÍCULO 77. CONSULTORIOS
EMPRESARIALES
- Para asesoría gratuita a la micro empresa y
organizaciones de economía solidaria
productiva, las universidades que cuenten con
programas de pregrado en economía, finanzas,
contabilidad, administración de empresas,
- ARTÍCULO 78. ENSEÑANZA
SOBRE EMPRENDIMIENTO.
- . Promover en todos 105 niveles de
básica y media estrategias
pedagógicas que favorezcan el
emprendimiento, la innovación y la
creatividad en 105 estudiantes
- ARTÍCULO 79. OPCIÓN DE HORAS
PRÁCTICAS EN PROGRAMAS DE
EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y
DESARROLLO HUMANO.
- Desarrollo humano podrán
establecer, en el marco de su
autonomía, dentro de las
horas de formación prácticas,
el desarrollo de proyectos de
emprendimiento e innovación
o la generación de empresa en
el país
- ARTÍCULO 80. ESPACIOS DE DIFUSIÓN
Y PROMOCIÓN DEL
EMPRENDIMIENTO.
- Las Instituciones de Educación
Superior, podrán promover en el marco
de su autonomía, espacios para la
presentación, difusión y promoción de
proyectos de emprendimiento e
innovación de 105 miembros de su
comunidad universitaria.