Zusammenfassung der Ressource
Seguridad, higiene y salud
ocupacional (en el trabajo)
- Leyes
- Reglamento de seguridad,
higiene medio ambiente
- ARTICULO 1o.
- El presente Reglamento es de observancia general en todo el territorio nacional, sus
disposiciones son de orden público e interés social, y tiene por objeto establecer las
medidas necesarias de prevención de los accidentes y enfermedades de trabajo,
tendientes a lograr que la prestación del trabajo se desarrolle en condiciones de
seguridad, higiene y medio ambiente adecuados para los trabajadores, conforme a lo
dispuesto en la Ley Federal del Trabajo y los Tratados Internacionales celebrados y
ratificados por los Estados Unidos Mexicanos en dichas materias.
- ARTICULO 7o.
- En las Normas que expida la Secretaría, deberán tomarse en cuenta los objetivos y
finalidades específicos a cumplir, el tipo y escala de los centros de trabajo y la
actividad o actividades laborales objeto de la regulación de las mismas.
- Para la determinación del tipo y escala del centro de trabajo, se estará a los
siguientes criterios
- a) Rama industrial, comercial o de
servicios.
- b) Grado de riesgo;.
- c) Ubicación geográfica
- d) Número de trabajadores.
- Ley General del Equilibrio Ecológico y la protección al ambiente
- ARTÍCULO 3o.
- Para los efectos de esta Ley se entiende por:
- I.- Ambiente: El conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que
hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que
interactúan en un espacio y tiempo determinados;
- II.- Áreas naturales protegidas: Las zonas del territorio nacional y aquéllas sobre las que la
nación ejerce su soberanía y jurisdicción, en donde los ambientes originales no han sido
significativamente alterados por la actividad del ser humano o que requieren ser preservadas y
restauradas y están sujetas al régimen previsto en la presente Ley;
- ARTÍCULO 5o
- Son facultades de la Federación:
- I.- La formulación y conducción de la política ambiental nacional;
- II.- La aplicación de los instrumentos de la política ambiental previstos en esta Ley, en los
términos en ella establecidos, así como la regulación de las acciones para la preservación y
restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente que se realicen en bienes y
zonas de jurisdicción federal;
- Ley Federal
del Trabajo
- Artículo 2o.
- Las normas del trabajo tienden a conseguir el equilibrio entre los factores de la
producción y la justicia social, así como propiciar el trabajo digno o decente en todas
las relaciones laborales.
- Artículo 11.
- Los directores, administradores, gerentes y demás personas que ejerzan funciones de
dirección o administración en la empresa o establecimiento, serán considerados
representantes del patrón y en tal concepto lo obligan en sus relaciones con los
trabajadores.
- Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
- Artículo 1o.
- En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos
reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado
Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no
podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta
Constitución establece
- Artículo 4o.-
- La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y
el desarrollo de la familia.
- Ley del Seguro Social
- Artículo 1.
- La presente Ley es de observancia general en toda la República, en la forma y términos que la misma establece,
sus disposiciones son de orden público y de interés social.
- Artículo 11. El régimen obligatorio
comprende los seguros de:
- I. Riesgos de trabajo
- II. Enfermedades y maternidad
- III. Invalidez y vida
- IV. Retiro, cesantía en edad avanzada y
vejez.
- V. Guarderías y prestaciones sociales.
- Código Fiscal de la Federación
- Artículo 1o.
- Las personas físicas y las morales, están obligadas a contribuir para los gastos públicos
conforme a las leyes fiscales respectivas. Las disposiciones de este Código se aplicarán
en su defecto y sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados internacionales de los que
México sea parte. Sólo mediante ley podrá destinarse una contribución a un gasto
público específico.
- Artículo 4o.
- Los impuestos y sus accesorios exigibles por los Estados extranjeros cuya
recaudación y cobro sea solicitado a México, de conformidad con los tratados
internacionales sobre asistencia mutua en el cobro de los que México sea
parte, les serán aplicables las disposiciones de este Código referentes a la
notificación y ejecución de los créditos fiscales. La Secretaría de Hacienda y
Crédito Público o las oficinas que ésta autorice recaudarán, de conformidad
con los tratados internacionales antes señalados, los impuestos y sus
accesorios exigibles por los Estados extranjeros.
- Normas
- NOM
001
- Objetivo
- Estar informados acerca de
las condiciones de seguridad
de los edificios, locales,
instalaciones y áreas en los
centros de trabajo, de
prevenir riesgos
- Puntos
claves
- °Requisitos de
seguridad en el
centro del
trabajo.
°Obligaciones del
patrón
°Obligaciones de
los trabajadores
- Contenido
- 7.1.4
- Las escaleras manuals, rampas, puentes, y plataformas elevadas deben.
ádemas de cumplir con lo que se indica en la presente Norma, mantenerse en
condiciones tales que eviten que el trabajador resbale al usarlas.
- 7.1.5
- Los elementos estructurales tales como pisos, puentes o plataformas, entres otras,
destinados a soportar cargas fijas o móviles, deben de ser utilizados para los fines a que
fueron destinados. En caso de requerir un cambio de uso, se deben evaluar si los elementos
estructurales tienen la capacidad de soportar las nuevas cargas y, en su caso, hacer las
adecuaciones necesarias para evitar riesgos de trabajo.
- 7.1.6
- Los edificios y elementos estructurales deben soportar las cargas fijas o móviles de acuerdo a la naturaleza de las
actividades que en ellos se desarrollen, de tal manera que su resistencia evita posibles fallas estructurales y riesgos
de impacto, para lo cual deben considerarse las condiciones normales de operación y los eventos tanto naturales
como incidentales que puedan afectarlo
- 8.4
- Dimensiones de las señales de seguridad e higiene
- Las dimenciones de las señales de seguridad e higiene deben ser
tales que el área superficial y la distancia máxima de obaservación
cumplan con la relación siguiente:
- 8.5
- Dispocisión de los colores en las señales de seguridad e higiene
- 8.5.1
- Para las señales de seguridad e higiene de obligación, preocupación e información, el color de seguridad deben cubrir cuando menos el 50% de su superficie total.
- NOM 002
- Objetivo
- Establecer los
requerimientos para
la prevención y
protección contra
incendios en los
centros de trabajo
- Caracaterítica
- Equipos contra incendios:
°Portátiles °Móviles °Fijos
- NOM 004
- Objetivo
- Establecer los criterios, objetivos y obligaciones del expediente clínico en
México para el personal del área de la salud y los establecimientos
prestadores de servicios de atención médica de los sectores público,
social y privado, incluidos los consultorios
- Caracterítica
- Los datos personales contenidos en el expediente
clínico deben orientar la práctica médica y no
pueden ser divulgados o dados a conocer.
- NOM
005
- Objetivo
- Rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los
centros de trabajo donde se manejen, transporten o
almacenen sustancias químicas peligrosas.
- Puntos clave
- °Las cantidades máximas de las sustancias que se pueden
tener en el área de producción, en base al estudio para
analizar el riesgo potencial. °El procedimiento de limpieza,
desinfección o neutralización de las ropas y equipo de
protección que pudieran contaminarse con sustancias
químicas peligrosas, cuando el estudio para analizar el
riesgo potencial así lo indique
- NOM 006
- Objetivo
- Establecer las condiciones de seguridad y salud en el trabajo que se deberán cumplir en los centros de
trabajo para evitar riesgos a los trabajadores y daños a las instalaciones por las actividades de manejo y
almacenamiento de materiales, mediante el uso de maquinaria o de manera manual.
- 7. Manejo y almacenamiento de materiales por medio del uso de
maquinaria
- a) La maquinaria objeto de la revisión y mantenimiento y, en su caso, su número de identificación; b) La
actividad por llevar a cabo; c) La periodicidad con que se desarrolla; d) El tipo de revisión realizada y, en su
caso, el tipo de mantenimiento efectuado; e) Las fechas de ejecución, y f) El responsable de su realización.
- NOM 007
- Objetivo
- Esta Norma tiene por objeto establecer los criterios mínimos
para la atención médica a la mujer durante el embarazo, parto y
puerperio normal y a la persona recién nacida.
- 5.1.5 Dispocisiones generales
- La atención debe ser integral y enfocada a considerar la reproducción humana como una expresión de los
derechos reproductivos, para que sea libremente escogida y segura; fomentando la corresponsabilidad
en el cuidado de la salud de la mujer, su pareja, la comunidad y el personal de salud e informar
sistemáticamente de las ventajas de lograr un periodo intergenésico mínimo de 2 años, para reducir los
riesgos a largo plazo y planificar adecuadamente la familia.
- NOM 009
- Objetivo
- Establecer los requerimientos mínimos de seguridad para la
prevención de riesgos laborales por la realización de trabajos
en altura.
- 4.6 Cable de seguridad (en andamios
suspendidos)
- El cable de respaldo que está aparejado con el dispositivo de paro en caso de caída,
pero que no soporta normalmente la carga suspendida.
- NOM 010
- Objetivo
- Establecer los procesos y medidas para prevenir riesgos a la salud del
personal ocupacionalmente expuesto a agentes químicos
contaminantes del ambiente laboral.
- 4.42 Valor límite de exposición promedio ponderado en tiempo (VLE-PPT)
- La concentración máxima promedio ponderada en el tiempo de un agente químico
contaminante del ambiente laboral, a la que la mayoría de los trabajadores expuestos, durante
una jornada de ocho horas diarias y una semana laboral de cuarenta horas, no reportan daños
a su salud.
- NOM 011
- Objetivo
- Establecer las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se
genere ruido que por sus características, niveles y tiempo de acción, sea capaz de
alterar la salud de los trabajadores
- 4.1.14. Medidor personal de exposición a ruido normalizado; medidor
personal de exposición a ruido
- instrumento que integra una función del nivel de presión acústica durante un periodo de medición
establecido, el cual puede ser hasta de 8 horas, y que satisface las especificaciones de alguna norma de
referencia declarada por el fabricante.
- NOM 012
- Objetivo y campo de aplicación
- La presente Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer las especificaciones de peso, dimensiones
y capacidad de los vehículos de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado que
transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, excepto los vehículos tipo grúa de
arrastre y arrastre y salvamento.
- 4.29 Sistema antibloqueo para frenos (ABS, por sus siglas en inglés
- Equipo electrónico de seguridad que mediante sensores de rotación instalados en los ejes, auxilian al
sistema de frenos de servicio principal, evitando que éstos se bloqueen.
- NOM 013
- Objetivo
- Esta Norma tiene por objeto establecer y uniformar los criterios y
procedimientos, que llevan a cabo los integrantes del Sistema Nacional de Salud,
para la prevención, detección, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades
bucales de mayor frecuencia en la población de los Estados Unidos Mexicanos
- 4.1.20. Expediente clínico
- Al conjunto único de información y datos personales de un paciente, que se integra
dentro de todo tipo de establecimiento para la atención médica, ya sea público, social
o privado, el cual, consta de documentos escritos, gráficos, imagenológicos,
electrónicos, magnéticos, electromagnéticos, ópticos, magneto-ópticos y de cualquier
otra índole.
- NOM 017
- Objetivo
- establece los lineamientos y procedimientos de operación del Sistema Nacional de Vigilancia
Epidemiológica, así como los criterios para la aplicación de la vigilancia epidemiológica en padecimientos,
eventos y situaciones de emergencia que afectan o ponen en riesgo la salud humana.
- Contenido
- 3.1.7.2
- Caso confirmado, al caso cuyo diagnóstico se corrobora por medio de estudios auxiliares, o aquel que no
requiere estudios auxiliares pero presenta signos o síntomas propios del padecimiento o evento bajo
vigilancia, así como la evidencia epidemiológica.
- 5. Obligaciones del
patrón
- 5.1
- Mostrar la autoridad del trabajo, cuando está así lo solicite, los documentos que la presente Norma le obligue a
elaborar
- 5.2
- Identificar y analizar los riesgos de trabajo a los que están expuestos los trabajadores por cada puesto de trabajo y área del centro
laboral.
- 5.3
- Determinar el equipo de protección personal, que deben utilizar los trabajadores en función de los riesgos de trabajo a los que
puedan estar expuestos por las actividades que desarrollan o por las áreas en donde se encuentran.
- NOM 018
- Obejtivo
- Establecer los requisitos para disponer en los centros de trabajo del sistema armonizado de identificación y
comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas, a fin de prevenir daños a los
trabajadores y al personal que actúa en caso de emergencia.
- 7.3
- Conocer el contenido y la información de las hojas de datos de seguridad y de la señalización de las
sustancias químicas peligrosas y mezclas que manejen en el centro de trabajo.
- NOM 019
- Objetivo
- Establecer las características y especificaciones mínimas para la prestación del servicio de enfermería en los
establecimientos de atención médica del Sistema Nacional de Salud, así como para la prestación de dicho
servicio que en forma independiente otorgan las personas físicas con base en su formación académica.
- 5.7.1.
- Procurar que el personal de enfermería cuente con la certificación profesional vigente expedida por los
organismos colegiados que han obtenido el reconocimiento de idoneidad, expedido por el Consejo
Consultivo de Certificación Profesional.
- NOM 021
- Objetivo
- uniformar los criterios, las estrategias y las técnicas operativas del Sistema Nacional de Salud y del Sector
Agropecuario, en relación a la vigilancia, aplicación de las medidas preventivas y de control de la taeniosis
humana y cisticercosis humana y porcina.
- 5.1.1.1.1
- Impulsar la coordinación intersectorial e interinstitucional para el establecimiento de programas educativos en todos los ámbitos del
desarrollo humano y de las medidas zoosanitarias en las explotaciones porcinas, como lo establecen los Artículos 11 y 12 fracciones II y IX
de la Ley Federal de Sanidad Animal.
- NOM 024
- Objetivo
- Regular los Sistemas de Información de Registro Electrónico para la Salud para todos
los establecimientos que presten servicios de atención médica que formen parte del
Sistema Nacional de Salud.
- Punto clave
- Debe permitir a un usuario crear reportes estandarizados y personalizados para el
proceso de toma de decisiones clínicas, administrativas y/financieras.
- NOM 025
- Objetivo
- Esta norma tiene por objeto establecer criterios de operación y organización de las actividades de los
establecimientos que prestan servicios de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica, la cual será
proporcionada en forma continua, con calidad y calidez y con pleno respeto a los derechos humanos de las
personas usuarias de estos servicios.
- 4.1.4 Atención Integral Hospitalaria Médico-Psiquiátrica
- Comprende las actividades de promoción de la salud, las preventivas, las diagnósticas, las terapéuticas que
incluyen la prescripción farmacológica y psicoterapéutica y las de rehabilitación psicosocial, las cuales, se ejercerán
con pleno respeto a los derechos humanos de las personas usuarias.
- NOM
026
- Objetivo
- Establecer los requerimientos en cuanto a los colores y
señales de seguridad e higiene y la identificación de
riesgos por fluidos conducidos en tuberías.
- 6. Obligaciones
de los
trabajadores
- 6.2 Respetar y aplicar los elementos de
señalización establecidos por el patrón.
- NOM 030
- Objetivo
- Establecer las funciones y actividades que deberán realizar los servicios preventivos de seguridad y salud
en el trabajo para prevenir accidentes y enfermedades de trabajo.
- 5. Funciones y actividades del responsable de seguridad y salud en el trabajo
- 5.4 Incorporar en el programa de seguridad y salud en el trabajo o en la relación de acciones preventivas y
correctivas de seguridad y salud en el trabajo, las acciones y programas de promoción para la salud de los
trabajadores y para la prevención integral de las adicciones que recomienden o dicten las autoridades
competentes.
- NOM 031
- Objetivo
- Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los requisitos que deben seguirse para asegurar
la atención integrada, el control, eliminación y erradicación de las enfermedades evitables por vacunación;
la prevención y el control de las enfermedades diarreicas, infecciones respiratorias agudas, vigilancia del
estado de nutrición y crecimiento, y el desarrollo de los niños menores de 5 años.
- 3.31 Eventos adversos temporalmente asociados a vacunación
- a todas aquellas manifestaciones clínicas que se presentan dentro de los 30 días posteriores a la
administración de una o más vacunas y que no son ocasionadas por alguna entidad nosológica específica
(para la vacuna Sabin el periodo puede ser hasta de 75 días y para la vacuna BCG, de hasta seis meses).
- NOM 113
- Objetivo
- La presente Norma establece la clasificación, especificaciones y métodos de prueba que deberá cumplir el calzado
de protección que se fabrique, comercialice, distribuya e importe en el territorio nacional.
- 6.1.5 Permeabilidad
al vapor de agua
- La permeabilidad al vapor de agua deberá ser como mínimo 0.75 mg/(h × cm2), cuando el material del corte no sea de cuero. La
verificación de este requisito deberá efectuarse conforme al método descrito en el Apéndice B. En el caso de que el material bajo
prueba sea cuero y que el fabricante declare que se le aplicó un tratamiento específico para conferirle características de
impermeabilidad, deberá cumplir con la especificación indicada en este numeral, y no aplicar las pruebas previstas en los numerales
6.1.3 y 6.1.4.
- NOM
116
- Objetivo
- establece las especificaciones y los métodos de prueba que deben cumplir los aceites lubricantes, que son utilizados en los
motores de vehículo que utilizan gasolina o diésel; además de la información comercial de los aceites lubricantes, que se
comercialicen en territorio nacional.
- Punto
clave
- En beneficio de la seguridad e integridad de los consumidores, es indispensable que los aceites lubricantes de la industria automotriz cumplan
con las especificaciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-116-SCFI-2018
- Norma_ISO_14001_2015
- Objetivo
- El propósito de esta Norma Internacional es proporcionar a las organizaciones un marco de referencia para
proteger el medio ambiente y responder a las condiciones ambientales cambiantes, en equilibrio con las
necesidades socioeconómicas. Esta norma específica requerimientos que permitan que una organización logre
los resultados previstos que ha establecido para su sistema de administración ambiental.
- 3.1.5 alta
dirección
- persona o grupo de personas que dirige y controla una organización (3.1.4) al más alto nivel Nota 1 a la entrada: La alta
dirección tiene el poder para delegar autoridad y proporcionar recursos dentro de la organización. Nota 2 a la
entrada: Si el alcance del sistema de administración (3.1.1) comprende solo una parte de una organización, entonces
“alta dirección” se refiere a quienes dirigen y controlan esa parte de la organización.
- iso-45001-norma-Internacional
- Objetivo
- El propósito de un sistema de gestión de la SST es proporcionar un marco de referencia para gestionar los
riesgos y oportunidades para la SST. El objetivo y los resultados previstos del sistema de gestión de la SST son
prevenir lesiones y deterioro de la salud relacionados con el trabajo a los trabajadores y proporcionar lugares de
trabajo seguros y saludables; en consecuencia, es de importancia crítica para la organización eliminar los
peligros y minimizar los riesgos para la SST tomando medidas de prevención y protección eficaces.
- Contenido
- 3.1 organización
- persona o grupo de personas que tiene sus propias funciones con responsabilidades, autoridades y relaciones para el
logro de sus objetivos (3.16) Nota 1 a la entrada: El concepto de organización incluye, entre otros, un trabajador
independiente, compañía, corporación, firma, empresa, autoridad, sociedad, organización benéfica o institución, o una
parte o combinación de éstas, ya estén constituidas o no, públicas o privadas. Nota 2 a la entrada: Este constituye uno
de los términos comunes y definiciones esenciales de las normas de sistemas de gestión de ISO proporcionados en el
Anexo SL del suplemento de ISO consolidado de las Directivas ISO/IEC, Parte 1.
- 5.4 Diseño
- 5.4.1 Comprensión de la
organización y de su contexto
- El analisi del contexto externo de la organización
pueden incluir pero no limitarse a:
- - los factores sociales, culturales, politicos, legales, reglamentarios,
financieros, tecnologicos, economicos y ambientales ya sea a nivel
internacional, nacional regional o local.
- - Los impulsores clave y las tendencias que afectan a los objetivos de la organización.
- - Las relaciones, percepciones, volres, necesidades y expectativas de las partes interesadas externas
- El analisi del contexto interno de la organización puede incluir, peo no limitarse a:
- - La visión, la misión y los valores.
- - La gobernanza, la estructura de la organización, los roles y la rendición de cuentas
- La estrategia, los objetivos y las políticas.,
- 6.4.2
- Identificación del riesgo
- Encontrar, reconocer, y describir que pueden ayudar o impedir a una organización lograr sus objetivos.
- Se consideran los factores siguientes y la relaciónentre estos factores.
- - Las fuentes de riesgo tangibles e intangibles
- - Las causas y los eventos
- - Las amenazas y las oportunidades
- - Las vulneravbilidades y las capacidades
- 6.7 Registro e informe
- El proceso de la gestión del riesgo y sus resultados se deberían documentar e informar a
través de los mecanismos apropiados. El registro e informe pretenden:
- - Comunicar las actividades de las gestión del riesgo y sus resultados a lo largo de la organización
- - Proporcionar información para la forma de decisiones
- - Mejorar las actividades de la gestión del riesgo
- La protección de la salud y la seguridad en el trabajo como derechos humanos. (ISSSTE)
- Objetivo
- argumentar sobre la pertinencia de consagrar la protección de la salud y la seguridad en el trabajo como derechos
humanos en nuestra norma fundamental. Ello, en virtud de la relevancia que cobran tanto la salud como la seguridad en
el ejercicio laboral. La salud, en sí misma, es un elemento vital para cualquier individuo.
- la seguridad e higiene ocupacional “tiene[n] la misión de prevenir y evitar que ocurran las enfermedades
profesionales y los accidentes de trabajo, ya sean éstos físicos o mentales, sin importar qué los ocasiona” (Morán
de Gómez, 2008: 150).tado en las fracciones XIV y XV del Apartado A de los trabajadores, sufridas con motivo o en
ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten; por lo tanto, los pa- tronos deberán pagar la indemnización
correspondiente, según que haya traído como consecuencia la muerte o simplemente incapacidad temporal o
permanente para trabajar, de acuerdo con lo que las leyes determinen.
- Articulo 59
- No se considerarán riesgos del trabajo:
- I. Si el accidente ocurre encontrándose el
Trabajador en estado de embriaguez;
- II. Si el accidente ocurre encontrándose el Trabajador bajo la acción de
algún narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción
médica y que el Trabajador hubiese puesto el hecho en conocimiento
del jefe inmediato, presentándole la prescripción suscrita por el
médico;
- III. Si el Trabajador se ocasiona intencionalmente una lesión por sí o de acuerdo con
otra persona; IV. Los que sean resultado de un intento de suicidio o efecto de una riña
en que hubiere participado el Trabajador u originados por algún delito cometido por
éste
- Iso
31000
- El analisis de riesgo debería
considerar factores tales como:
- - La probabilidad de los eventos y de
las consecuencias
- - La complejidad y
la interconexión
- - La naturaleza y la magnitud de las consecuencias
- 6.5.1
Generalidades
- El proposito del tratamiento delriesgo es seleccionar
e implementar opciones para abordar el riesgo
- El tratamiento del riesgo implica un
proceso iteractivo de:
- - Formular y seleccionar opciones
para el tratamiento del riesgo
- - Planificar e implementar
el tratamiento del riesgo
- - Evaluar la eficacia de ese tratamiento
- Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
- 9 s
- SEIRI - Mantener sólo lo
necesario
- SEITON - Mantener
todo en orden
- SEISO - Mantener todo limpio
- SEIKETSU - Cuidar su salud física y mental
- SHITSUKE - Mantener un comportamiento fiable
- SHIKARI - Perseverar en los buenos hábitos
- SHITSOKOKU - Ir hasta el final en las tareas
- SEISHOO - Actuar como equipo con los compañeros
- SEIDO - Unificar el trabajo a través de los
estándares
- directrices relativas a los sistemas de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo
- 3.1.2
- La politica en materia de SST deberían incluir, como minimo, los
siguientes principios y objetivos fundamentales: