Zusammenfassung der Ressource
NIC 29
- Alcance: Esta Norma será de aplicación a
los estados financieros incluyendo a los
estados financieros consolidados, de una
entidad cuya moneda funcional es la
moneda correspondiente a una economía
hiperinflacionaria
- La reexpresión de estados financieros: Los precios, ya
sean generales o específicos, cambian en el tiempo
como resultado de diversas fuerzas económicas y
sociales. . Las fuerzas específicas que actúan en el
mercado de cada producto, tales como cambios en la
oferta y demanda o los cambios tecnológicos, pueden
causar incrementos o decrementos significativos en los
precios individuales, independientemente de cómo se
comporten los otros precios.
- Estados financieros a costo histórico
- Estado de situación financiera
- Los importes del estado de situación financiera no expresados
todavía en términos de la unidad de medida corriente al final
del periodo sobre el que se informa se reexpresarán aplicando
un índice general de precios. Las partidas monetarias no serán
reexpresadas, puesto que ya se encuentran expresadas en la
unidad de medida corriente al cierre del periodo sobre el que
se informa. Son partidas monetarias el dinero conservado y las
partidas a recibir o pagar en metálico.
- Información a revelar: La entidad revelará la
siguiente información: (a) el hecho de que los
estados financieros, así como las cifras
correspondientes para periodos anteriores, han
sido reexpresados para considerar los cambios
en el poder adquisitivo general de la moneda
funcional y que, como resultado, están
expresados en la unidad de medida corriente al
final del periodo sobre el que se informa; (b) si
los estados financieros antes de la reexpresión
estaban elaborados utilizando el método del
costo histórico o el del costo corriente; y (c) la
identificación y valor del índice general de
precios al final del periodo sobre el que se
informa, así como el movimiento del mismo
durante el periodo corriente y el anterio
- Estado del resultado integral: La presente Norma exige
que todas las partidas del estado de resultado integral
vengan expresadas en la unidad monetaria corriente al
final del periodo sobre el que se informa. Para ello, todos
los importes necesitan ser reexpresados mediante la
utilización de la variación experimentada por el índice
general de precios, desde la fecha en que los gastos e
ingresos fueron recogidos en los estados financiero
- Estados financieros a costo corriente
- Estado del resultado integral El estado a costo
corriente del resultado integral, antes de la
reexpresión, generalmente informa sobre costos
corrientes en el momento en el que las
transacciones y sucesos subyacentes ocurrieron.
El costo de las ventas y la depreciación se
registran según sus costos corrientes en el
momento del consumo; las ventas y los otros
gastos se registran por sus importes monetarios
al ser llevados a cabo. Por ello, todas estas
partidas necesitan ser reexpresadas en términos
de la unidad de medida corriente al final del
periodo sobre el que se informa, y ello se hace
aplicando las variaciones de un índice general de
precios. Pérdidas o ganancias derivadas de la
posición monetaria neta Las pérdidas y
ganancias por la posición monetaria neta se
calculan y presentan de acuerdo a lo establecid
- Impuestos: La reexpresión de los estados
financieros de acuerdo con esta Norma
puede dar lugar a diferencias entre el
importe en libros de los activos y pasivos
individuales en el estado de situación
financiera y sus bases fiscales.
- Estado de flujos de efectivo: Esta Norma exige que
todas las partidas del estado de flujos de efectivo se
reexpresen en términos de la unidad de medida
corriente en la fecha de cierre del estado de situación
financiera.
- Estados financieros consolidados: Una
sociedad controladora que presente
información en la moneda de una
economía hiperinflacionaria puede tener
subsidiarias que presenten también
información en monedas de economías
hiperinflacionarias. Los estados
financieros de tales subsidiarias
necesitarán ser reexpresados, mediante la
aplicación de un índice general de precios
correspondiente al país en cuya moneda
presentan la información,
- Economías que dejan de ser
hiperinflacionarias: Cuando una
economía deje de ser
hiperinflacionariay una entidad cese
en la preparación y presentación de
estados financieros elaborados
conforme a lo establecido en esta
Norma, debe tratar las cifras
expresadas en la unidad de medida
corriente al final del periodo previo,
como base para los importes en
libros de las partidas en sus estados
financieros subsiguientes.