VIGILANCIA_EPIDEMIOLÓGICA

Beschreibung

ES UN MAPA MENTAL DE LA NOM-017 DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA
Gamaliel Rivero
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Gamaliel Rivero
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VIGILANCIA_EPIDEMIOLÓGICA
  1. OBJETIVO
    1. establecer los criterios, especificaciones y directrices de operación del Sistema Nacional de Vigilancia
    2. ALERTA EPIDEMIOLOGICA
      1. comunicado de un evento epidemiológico que representa un daño inminente a la salud de la población y/o de trascendencias social,
      2. DISPOSICIONES
        1. realiza la recolección sistemática, continúa, oportuna y confiable de información necesaria sobre las condiciones de salud de la población y sus determinantes,
          1. La Secretaría de Salud es el órgano rector del SINAVE y
            1. La coordinación de los mecanismos de la vigilancia, diagnóstico se ejerce por conducto de la DGE
              1. Es facultad del Consejo de Salubridad General determinar la adición, eliminación o actualización de los padecimientos
              2. Organización para la vigilancia epidemiológica
                1. El CONAVE, es la instancia responsable de unificar y homologar los criterios, procedimientos y contenidos para el funcionamiento
                  1. El CEVE, es la instancia responsable de difundir y verificar el cumplimiento de los procedimientos de la vigilancia epidemiológica en el estado.
                    1. El COJUVE es la instancia responsable de difundir y verificar el cumplimiento de los procedimientos de la vigilancia epidemiológica en el nivel jurisdiccional
                      1. Las acciones de vigilancia epidemiológica se realizan a nivel federal, estatal, jurisdiccional, local y sus equivalentes en las distintas instituciones que conforman el SNS.
                    2. Componentes de la vigilancia epidemiológica
                      1. vigilancia de la morbilidad, vigilancia de la mortalidad, vigilancia especial, vigilancia de emergencias en salud pública y vigilancia internacional.
                      2. Metodologías y procedimientos para la vigilancia epidemiológica
                        1. Las metodologías para las actividades de vigilancia epidemiológica son los siguientes:
                          1. Vigilancia convencional. Estudio de caso. Estudio de brote. Registros nominales. Búsqueda activa de casos. Red negativa. Vigilancia basada en laboratorio. Vigilancia centinela. Vigilancia sindromática. Encuestas. Vigilancia activa de la mortalidad. .Vigilancia comunitaria. Vigilancia nosocomial. Dictaminación por grupo de expertos.
                        2. Notificación y análisis de la información para la vigilancia epidemiológica.
                          1. Se consideran como fuentes de información todas las instancias del SNS, así como cualquier organismo, dependencia o persona que tenga conocimiento de padecimientos, condiciones, eventos o urgencias epidemiológicas.
                          2. Evaluación y análisis de riesgos y determinantes de la salud
                            1. Son objeto de monitoreo los padecimientos, condiciones, eventos o urgencias epidemiológicas emergentes o reemergentes que pongan en riesgo la salud de la población
                            2. Capacitación de recursos humanos para la vigilancia epidemiológica
                              1. El personal que desarrolle actividades de vigilancia epidemiológica debe contar con una inducción al puesto y una capacitación anual en materia de vigilancia epidemiológica.
                              2. Supervisión del sistema de vigilancia epidemiológica
                                1. os titulares de las áreas de epidemiología deben realizar acciones de supervisión de manera permanente y verificar la correcta operación de la vigilancia epidemiológica
                                2. Investigación operativa epidemiológica
                                  1. La investigación operativa epidemiológica complementa la información de la vigilancia epidemiológica en apoyo a la toma de decisiones y se debe desarrollar de acuerdo a la normatividad aplicable
                                    1. El desarrollo de la investigación y estudios especiales por los diferentes niveles administrativos debe contar con un protocolo de investigación y la aprobación del mismo por las comisiones de investigación, ética, comités hospitalarios de bioética y de ética o en su caso de bioseguridad
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