Zusammenfassung der Ressource
NIIF11 Acuerdos Conjuntos
- ¿Què es ?
- Un acuerdo conjunto es un acuerdo mediante el cual dos o más partes mantienen
control conjunto.
- su objetivo
- Es establecer principios para la presentación de la información
financiera
- su alcance
- Es aplicable para entidades que mantienen un acuerdo conjunto
- Presenta unas caracteristicas
- CONTROL CONJUNTO
- Toma decisiones sobre
actividades relevantes
- ACUERDO
CONTRACTUAL
- Se manifiesta por medio de
- Contrato
- Se establecen con
- Clausulas
- conversaciones
documentadas
- Este tipo de acuerdo
generalmente siempre trata
aspectos como
- El propósito,
actividad y duración
del acuerdo
conjunto.
- El proceso de
toma de decisiones
- La forma en que las partes
comparten los activos,
pasivos, ingresos de
actividades ordinarias,
gastos o resultado del
periodo, relativos al acuerdo
conjunto.
- La forma en que se nombran
los miembros del consejo de
administración, u órgano de
gobierno equivalente, del
acuerdo conjunto.
- El capital u otras
aportaciones
requeridas a las
partes
- Un acuerdo conjunto puede
ser tambien
- una operacion conjunta
- un negocio conjunto
- tipos de acuerdo conjunto
- 14. Las entidades determinarán el
tipo de acuerdo conjunto en el
que está involucradas. La
clasificación de un acuerdo
conjunto como una operación
conjunta o un negocio conjunto
dependerá de los derechos y
obligaciones de las partes con
respecto al acuerdo.
- 16. Un negocio conjunto es
un acuerdo conjunto
mediante el cual las partes
que tienen control conjunto
del acuerdo tienen derecho a
los activos netos del acuerdo.
Esas partes se denominan
participantes en un negocio
conjunto.
- 15.Una operación conjunta es
un acuerdo conjunto mediante
el cual las partes que tienen
control conjunto del acuerdo
tienen derecho a los activos y
obligaciones con respecto a los
pasivos, relacionados con el
acuerdo. Esas partes se
denominan operadores
conjuntos.
- En el acuerdo conjunto vamos a encontrar
- NEGOCIO CONJUNTO
- OPERACIÒN CONJUNTA
- VEHICULO SEPARADO
- PARTICIPACION EN UN
NEGOCION CONJUNTO
- PARTE DE UN ACUERDO CONJUNTO
- Estos terminos son utilizados en esta
NIIF con los significados especificado en
la NIFF 10-NIC27 y NIC 28
- OPERADOR CONJUNTO
- La fecha de vigencia
- Una entidad aplicará esta NIIF en los
periodos anuales que comiencen a
partir del 1 de enero de 2013. Se
permite su aplicación anticipada. Si una
entidad aplica esta NIIF de forma
anticipada, revelará ese hecho y
aplicará al mismo tiempo la NIIF 10,
NIIF 12 Información a Revelar sobre
Participaciones en Otras Entidades, NIC
27 (modificada en 2011) y NIC 28
(modificada en 2011).