Zusammenfassung der Ressource
TÍTULO VI: DEL ORDEN
- DE LOS ORDENADOS
- C1024 SÓLO EL VARÓN BAUTIZADO RECIBE VÁLIDAMENTE LA SAGRADA ORDENACIÓN
- C1025
- P1 PARA LA LÍCITA ORDENACIÓN DE PRESBÍTERO O DE DIÁCONO SE
REQUIERE QUE EL CANDIDATO REÚNA LAS DEBIDAS CUALIDADES
- P3 AL OBISPO QUE ORDENA A UN SÚBDITO PROPIO DESTINADO AL SERVICIO DE
OTRA DIÓCESIS DEBE CONSTARLE QUE QUEDARÁ ADSCRITO A ESA DIÓCESIS
- C1031
- P1 DEBE CONFERIRSE A QUIENES
HAYAN CUMPLIDO 25 AÑOS Y
GOCEN DE SUFICIENTE MADUREZ
- P3 LAS CONFERENCIAS
EPISCOPALES PUEDEN ESTABLECER
NORMAS POR LAS QUE SE
REQUIERA UNA EDAD SUPERIOR
PARA RECIBIRLO
- ART. 1: DE LOS REQUISITOS POR PARTE DE LOS ORDENADOS
- C1026 QUIEN VA A ORDENARSE GOCE DE LA DEBIDA LIBERTAD
- C1027 HAN DE SER FORMADOS CON UNA ESMERADA PREPARACIÓN
- C1028 CONOZCAN DEBIDAMENTE LO QUE A ÉL SE REFIERE
Y LAS OBLIGACIONES QUE LLEVA CONSIGO
- C1029 SÓLO DEBEN SER ORDENADOS AQUELLOS QUE TIENEN
UNA FE ÍNTEGRA, ESTÁN MOVIDOS POR RECTA INTENCIÓN
- ART. 2: DE LOS REQUISITOS PREVIOS PARA LA ORDENACIÓN
- C1033 SÓLO ES ORDENADO LÍCITAMENTE QUIEN HA RECIBIDO EL S. DE LA CONFIRMACIÓN
- C1034
- P1 NINGÚN ASPIRANTE AL DIACONADO O AL PRESBITERADO
DEBE RECIBIR LA ORDENACIÓN SIN HABER SIDO ADMITIDO
ANTES COMO CANDIDATO POR LA AUTORIDAD INDICADA
- C1035
- P1 ES NECESARIO QUE EL CANDIDATO HAYA RECIBIDO Y HAYA EJERCIDO
DURANTE EL TIEMPO CONVENIENTE LOS MINISTERIOS DE LECTOR Y DE ACÓLITO
- C1036 EL CANDIDATO DEBE ENTREGAR AL OBISPO UNA DECLARACIÓN REDACTADA Y FIRMADA DE SU PUÑO Y LETRA
- C1038 NO PUEDE PROHIBIRSE EL EJERCICIO DEL ORDEN RECIBIDO A UN DIÁCONO QUE REHÚSE RECIBIR EL PRESBITERADO
- C1039 LOS QUE VAN A RECIBIR UN ORDEN DEBEN HACER EJERCICIOS ESPIRITUALES, AL MENOS DURANTE CINCO DÍAS
- DE LA CELEBRACIÓN Y MINISTRO DE LA ORDENACIÓN
- C1012 ES MINISTRO DE LA SAGRADA ORDENACIÓN EL OBISPO CONSAGRADO
- C1013 A NINGÚN OBISPO LE ES LÍCITO CONFERIR LA ORDENACIÓN
EPISCOPAL SIN QUE CONSTE PREVIAMENTE EL MANDATO PONTIFICIO
- C1014 EN LA CONSAGRACIÓN EPISCOPAL EL OBISPO CONSAGRANTE
PRINCIPAL ASOCIE A SÍ AL MENOS A OTROS DOS OBISPOS CONSAGRANTES
- C1015
- P1 CADA UNO SEA ORDENADO PARA EL PRESBITERADO
O EL DIACONADO POR EL PROPIO OBISPO
- P2 EL OBISPO PROPIO, SI NO ESTÁ IMPEDIDO POR JUSTA
CAUSA, ORDENARÁ PERSONALMENTE A SUS SÚBDITOS
- C1008
- MEDIANTE EL SACRAMENTO DEL
ORDEN, POR INSTITUCIÓN DIVINA
- ALGUNOS DE ENTRE LOS FIELES QUEDAN
CONSTITUIDOS MINISTROS SAGRADOS
- AL SER MARCADOS CON UN CARÁCTER INDELEBLE
- SON CONSAGRADOS Y DESTINADOS A APACENTAR EL PUEBLO DE DIOS
- SEGÚN EL GRADO DE CADA UNO
- C1009
- P1 LOS ÓRDENES SON EL EPISCOPADO,
EL PRESBÍTERO Y EL DIACONADO
- P2 SE CONFIEREN POR LA
IMPOSICIÓN DE LAS MANOS Y LA
ORACIÓN CONSECRATORIA