Declaraciones y Pacto internacionales en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

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factores historicos y derechos
carmen rodriguez
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carmen rodriguez
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Declaraciones y Pacto internacionales en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
  1. Aprobada el 10 de diciembre de 1948 y su estructura contiene el preámbulo que establece las consideraciones de paz, justicia y paz. cuenta con 30 artículos;s
    1. Declaración Universal de Derechos Humanos
      1. Art. 1-16
        1. Muestran derechos de igualdad jurídica, a la dignidad, la libertad y el reconocimiento jurídico
          1. Art. 1 Tos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros
            1. Art. 2 Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición
              1. ARt. 3 Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona
                1. Art. 4 “Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas” (DUDH, 1948).
                  1. Art. 5“Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes” (DUDH, 1948)
                    1. Art. 6 “Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes” (DUDH, 1948)
                      1. Art. 9 “Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado”
                        1. Art. 7 “Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación
                          1. Art. 8 “Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales
                            1. Art. 10 Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones
                              1. Art. 11 tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones
                                1. Art, 13 Derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
                                  1. Art. 15 Derecho a una nacionalidad. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad” (DUDH, 1948
                                2. Art 17
                                  1. Cuenta con la protección a los derechos de propiedad individual y a la propiedad colectiva, expresando así el equilibrio entre el capitalismo y el socialismo.
                                    1. “Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad” (DUDH, 1948
                                  2. Art. 18-21
                                    1. Muestran los derechos políticos que pueden dar cabida a la democracia, pues se mencionan a la libertad de pensamiento, de prensa, asociación y conformación gubernamental.
                                      1. Art. 18 Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia,
                                        1. Art. 19 do individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones
                                          1. At. 21 Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones,
                                            1. Ar.t 20. do individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones,
                                          2. Art. 22-26
                                            1. Contienen los derechos económicos y sociales, dan importancia tanto a la seguridad social, a la salud, educación y al trabajo digno.
                                              1. Art. 24 Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
                                                1. Art. 26 oda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamenta, el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos
                                                  1. Art. 23 Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
                                                    1. Art. 22 todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones,
                                                      1. Art. 25 Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
                                                    2. Art 27
                                                      1. Es base de la cultura y la ciencia, pues muestra que la vida cultural y el progreso científico es un derecho de todo humano.
                                                        1. Art. 27 Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
                                                      2. Art 28-30
                                                        1. Contenido y protección a la declaración para que nadie, ni siquiera un Estado o las Naciones Unidas puedan contradecirlos.
                                                          1. Art. 28 Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamado
                                                            1. Art. 29 toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
                                                              1. Art. 30 oda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
                                                        Zusammenfassung anzeigen Zusammenfassung ausblenden

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                                                        Schülern richtig Feedback geben
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