Obligaciones

Beschreibung

ACTUACIÓN EN CLASES Realizar un mapa conceptual de la clasificación de las obligaciones, según nuestro código civil, identificando cada una de las obligaciones con la definición de cada uno y un ejemplo
Alexi Daniel De La Rosa Gonzabay
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Alexi Daniel De La Rosa Gonzabay
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Zusammenfassung der Ressource

Obligaciones
  1. Es un vinculo jurídico entre las partes tiene por objeta
    1. Dar
      1. El deudor debe efectuar una prestación
      2. Hacer
        1. Ejecutar un hecho cualquiera
        2. No hacer
          1. El deudor debe abstenerse de un hecho
          2. Clasificación
            1. CIVILES
              1. Art. 1486.- Dan derecho para exigir su cumplimiento
                1. Ejem: Las obligaciones de un padre para con sus hijos
                2. NATURALES
                  1. Las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento
                    1. Ejem: Un menor de edad que le preste dinero a otro
                3. CONDICIONAL
                  1. Art. 1489.- Depende de una condición, esto es, de un acontecimiento futuro que puede suceder o no
                    1. Ejem: Una persona promete a otra la suma de 2000 el dia que se case
                    2. MODALES
                      1. Son clausulas que las partes introducen en el contrato
                        1. Formas de cumplir
                          1. Hecho moralmente imposible: No vale la disposición
                            1. Si no se determino tiempo y forma: Lo determinara el juez
                          2. Ejem: Al momento de adquirir matrimonio
                      2. PLAZO
                        1. Art. 1510.- Es la época que se fija para el cumplimiento de la obligación, depende el ejercicio o extinción de un derecho
                          1. Ejem: Una hipoteca
                        2. ALTERNATIVAS
                          1. Art. 1515.- Es aquella por la cual se deben varias cosas y la ejecución de una de ellas, exonera la ejecución de las otras
                            1. Ejem: O das muerte a tal persona o me pagas los $10000 que me debes
                          2. FACULTATIVAS
                            1. Art. 1521.- Tiene por objeto una cosa determinada, pero se le concede al deudor la facultad de pagar con esta, o con otra que se designe
                              1. Efectos
                                1. El acreedor solo puede demandar la cosa debida
                                  1. Si la cosa parece por caso fortuito, se extingue la obligación
                                    1. En caso de duda si la obligación es alternativa o facultativa, se tendrá por alternativa
                                    2. Ejem: Se le renta una finca a Juan y este pagara $300 o 150 litros de leche
                                  2. GÉNERO
                                    1. Art. 1524.- Cuando el deudor se obliga a entregar una o mas especies indeterminadas de cierto género
                                      1. Efectos
                                        1. El acreedor no puede pedir determinadamente
                                          1. El deudor cumple entregando cosas del género debido de calidad media
                                            1. El deudor la puede enajenar o destruir, "mientras subsistan otras para el cumplimiento de lo que se debe"
                                              1. La obligación no se extingue por la perdida de la cosa fortuita (siempre habrá otras)
                                              2. Ejem: Un caballo, tres vacas, etc.
                                            2. SOLIDARIAS
                                              1. Art. 1527.- Imponen a cada deudor el pago de la totalidad de la deuda o dan derecho a cada acreedor sobre la totalidad del crédito a pesar de que el objeto se apto a una división
                                                1. Requisitos
                                                  1. Pluralidad del sujeto
                                                    1. Hay solidaridad activa o pasiva
                                                    2. Objeto divisible
                                                      1. Que se puede cumplir parcialmente o por partes
                                                      2. Unidad de prestación
                                                        1. Aunque se deba de diversos modos. Ejem: Pura y simple para algunos y condicional para otros
                                                      3. Ejem: Juan y Pedro compran un auto les corresponde pagar la mitad a cada uno y el acreedor tiene derecho a cobrar el %50 a cada uno de los deudores
                                                    3. DIVISIBLES E INDIVISIBLES
                                                      1. Art. 1540.- Divisible: Son las que por su naturaleza su objeto es susceptible de división. Indivisible: Son aquellas cuyas prestaciones pueden ser cumplidas por entero.
                                                        1. Efecto
                                                          1. Indivisibilidad pasiva
                                                            1. Indivisibilidad activa
                                                          2. Aquí, pese a que el objeto es divisible, la obligación es indivisible por voluntad de las partes:
                                                            1. Acción hipotecaria o prendaria
                                                            2. Ejem: Comprar una casa
                                                            3. CLÁUSULA PENAL
                                                              1. Art. 1551.- Es aquella en que una persona, para asegurar el cumplimiento de una obligación, se sujeta a una pena, que consiste en dar o hacer algo en caso de no cumplir la obligación principal, o de retardar su cumplimiento
                                                                1. En la promesa del hecho ajeno
                                                                  1. En la estipulación a favor de otro
                                                                    1. Cláusula penal enorme
                                                                      1. Se refiere a que la pena convenida puede resultar excesiva en relación con el monto de la O. principal. El A se enriquece injustamente y el O. sufre un perjuicio injusto. Ejem: Estipular que el A tendrá D a exigir la O. principal mas la pena
                                                                    2. Ejem: En una compraventa, si Juan compra un auto por 100 con cláusula penal de 500, hay una exorbitante sanción para el deudor incumplido; entonces, el deudor tendrá derecho a que se le rebaje la pena de 500 a 200, que es el duplo de la obligación principal.
                                                                Zusammenfassung anzeigen Zusammenfassung ausblenden

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                                                                Guadalupe Reyes Soriano
                                                                Music and its most prominent types
                                                                Elina Sandoval
                                                                Vertebrate animals
                                                                Eliana Sandoval
                                                                Biochimie 101-120
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                                                                Bulbul rahidian, puntea, cerebelul – conformație externă, structură
                                                                T Adela
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                                                                Danny Aguilar
                                                                Procesele de adaptare si compensare 1-27
                                                                Yanosh Yanosh