Zusammenfassung der Ressource
CODIGO (sexto)
- METODOS DE INTERPRETACION
- los cuales se tiene que seguir un
orden
- 1. gramatical
- 2. historico
- 3.sistematico
- 4.voluntad de la ley
- CODIGO CIVIL
- ART 16
- No podrán derogarse por convenios particulares las
leyes en cuya observancia están interesados el orden
y las buenas costumbres.
- La relacion importante que tienen estos dos articulos , esta en que ,
para que se obligue a una persona , tal contrato tiene que ir acorde
con las buenas costumbre y el orden publico
- ART 1502
- Para que una persona se obligue a otra
por un acto o declaración de voluntad, es
necesario: 1o.) que sea legalmente capaz.
2o.) que consienta en dicho acto o
declaración y su consentimiento no
adolezca de vicio. 3o.) que recaiga sobre
un objeto lícito. 4o.) que tenga una causa
lícita. La capacidad legal de una persona
consiste en poderse obligar por sí misma,
sin el ministerio o la autorización de otra.
- CODIGO DE COMERCIO
- ART 1
- Los
comerciantes y
los asuntos
mercantiles se
regirán por las
disposiciones
de la ley
comercial, y los
casos no
regulados
expresamente
en ella serán
decididos por
analogía de sus
normas.
- La analogía es
la aplicación de
la ley a
situaciones no
contempladas
expresamente
en ella, pero
que sólo
difieren de las
que sí lo están
en aspectos
jurídicamente
irrelevantes
SENTENCIA
C-O83-1995
- ART 2
- En las
cuestiones
comerciales
que no
pudieren
regularse
conforme a la
regla anterior,
se aplicarán
las
disposiciones
de la
legislación
civil.
- ART 3
- La costumbre
mercantil
tendrá la
misma
autoridad que
la ley
comercial,
siempre que
no la contraríe
manifiesta o
tácitamente y
que los hechos
constitutivos
de la misma
sean públicos,
uniformes y
reiterados en
el lugar donde
hayan de
cumplirse las
prestaciones o
surgido las
relaciones que
deban
regularse por
ella.
- Está pues vigente
en nuestro
derecho la
costumbre
praeter legem
como fuente
formal
subsidiaria y
elemento
integrador del
ordenamiento
- ART 864
- El contrato es un
acuerdo de dos o
más partes para
constituir,
regular o
extinguir entre
ellas una relación
jurídica
patrimonial, y
salvo estipulación
en contrario, se
entenderá
celebrado en el
lugar de
residencia del
proponente y en
el momento en
que éste reciba la
aceptación de la
propuesta.
- CAPACIADAD
DE OBLIGARSE
- ART 830
- El que abuse de sus
derechos estará
obligado a indemnizar
los perjuicios que
cause.
- La indemnización de los
perjuicios ocasionados al
acreedor por el
incumplimiento de la
obligación
- ART 831
- Nadie podrá
enriquecerse sin justa
causa a expensas de
otro.
- el efecto del
enriquecimiento
sin causa es el
nacimiento de la
obligación de
indemnización,
por parte del
enriquecido a
favor del
empobrecido
- ART 822
- Los principios que gobiernan la
formación de los actos y
contratos y las obligaciones de
derecho civil, sus efectos,
interpretación, modo de
extinguirse, anularse o
rescindirse, serán aplicables a
las obligaciones y negocios
jurídicos mercantiles, a menos
que la ley establezca otra cosa.
- ART 7
- Los tratados o
convenciones
internacionales
de comercio no
ratificados por
Colombia, la
costumbre
mercantil
internacional
que reúna las
condiciones del
artículo 3o., así
como los
principios
generales del
derecho
comercial,
podrán
aplicarse a las
cuestiones
mercantiles que
no puedan
resolverse
conforme a las
reglas
precedentes.
- en los casos
donde los
trtados no
ratificados
sirvan para
un tema en
especifico ,
la cual hace
que aclare
muchas
cosas en el
caso se
permite
citarla como
ayuda de tal
problema
juridico