Zusammenfassung der Ressource
Capítulo II
Anmerkungen:
- De los DERECHOS y DEBERES específicos del funcionario docente
- Artículo 3: DEBERES
- Mantener idoneidad y ejercer sus
funciones con dignidad, eficacia y
responsabilidad.
- Responder a las exigencias de una
educación integral del alumno,
propendiendo al libre y armónico
desarrollo de su personalidad
- Respetar la individualidad de los
educandos, ajustándose en su
conducta a los principios de
dignidad, igualdad y solidaridad
humana
- Garantizar plenamente la
independencia de la conciencia
moral y cívica del educando,
- Abstenerse de hacer proselitismo de cualquier
especie
- Cumplir y hacer cumplir las
disposiciones legales y reglamentarias
del Ente y respetar el orden de las
jerarquías funcionales.
- Artículo 4: DERECHOS
- Ejercer sus funciones en el marco de la libertad
de cátedra, respetando la orientación general
fijada en los planes de estudio, cumpliendo el
programa respectivo y asegurando la
consideración crítica de las diversas tendencias
cuando corresponda.
- La libertad de conciencia y la libertad de opinión,
sean éstas de orden religioso, filosófico, político o de
cualquier otra índole, dentro del más estricto marco
de laicidad, preservando la libertad de los educandos
ante cualquier forma de coacción.
- Perfeccionar sus aptitudes
técnico-pedagógicas, para lo cual contará con
el apoyo del Ente, de conformidad con las
reglamentaciones que se dicten al respecto.
- Ser calificado anualmente en su labor
del modo que determine la
reglamentación respectiva.
- Acceder a su legajo para verificar su
contenido y solicitar las aclaraciones,
adiciones y enmiendas que
correspondieran
- Tener estabilidad en su cargo y grado, de acuerdo
con las disposiciones de este Estatuto y las
reglamentaciones complementarias dictadas en
interés del Servicio.
- Acceder al traslado o reubicación conforme a
los reglamentos dictados por el Consejo
Directivo Central o Consejo respectivo. El
ejercicio de este derecho no puede afectar la
estabilidad en el cargo de otros funcionarios
docentes efectivos.