Zusammenfassung der Ressource
GENERALIDADES DE LA LEGISLACIÓN
FARMACÉUTICA EN EL SGSSS Y LA PFN
- Clasificación y jerarquía de la normatividad
colombiana
- *Ley 485 de 1998: Reglamenta la
profesión de Regente de Farmacia
*Ley 14003 de 2007: Distribución
y dispensación de medicamentos
- *Decreto 3554 de 2004: Vigilancia y control
de medicamentos homeopáticos *Decreto
2200 de 2005: Reglamenta servicios
farmacéuticos *Decreto 0234 de 2005:
Control de ventas de medicamentos
homeopáticos *Decreto 4725 de 2005:
Permiso para comercialización de
dispositivos médicos *Decreto 2330 de
2006: Regular el servicio de inyectología
*Decreto 3249 de 2006: Reglamento de
fabricación rotulado. Registro sanitario de
suplementos dietarios
- *Resolución 114 de 2004:
Reglamento de información
publicitaria de
medicamentos *Resolución
1478 de 2006: Seguimiento y
vigilancia de importación y
exportación de
medicamentos
- Organismos responsables de expedir las normas en Colombia
- El ministerio de Salud, INVIMA, Contraloría, Ministerio
de la protección Social, Superintendencia de Salud,
entidades departamentales distritales de salud,
entidades municipales de salud.
- Generalidades de la ley estatutaria en salud.
- Ley estatutaria en salud 1751 de 2015
- Su objetivo es de garantizar el derecho fundamental de
salud, regular lo y establecer sus mecanismos de
protección. Consagra la salud como un derecho
fundamental autónomo
- Garantiza mecanismos de
protección del derecho
fundamental a la salud, brindando
autonomía profesional, respeto a la
dignidad de los profesionales y
trabajadores de la salud
- Funciones y responsabilidades del Tecnólogo en Regencia de Farmacia de acuerdo a lo establecido a la Ley
485 de 1998.
- Decreta los requisitos para el ejercicio
profesional
- Artículo 3. Actividades del tecnólogo en Regencia de
Farmacia
- A) Dirigir los establecimientos distribuidores
minoristas de las instituciones que integran el
sistema de Seguridad Social de Salud, que ofrezcan
la distribución y dispensación de los medicamentos
y demás insumos de la salud en el primer nivel de
atención o baja complejidad, ya sea ambulatoria u
hospitalaria
- B) Dirigir el servicio
farmacéutico de
instituciones prestadoras
de servicios de salud de
baja complejidad o que se
encuentren en el primer
nivel de atención, bien sea
ambulatoria u hospitalaria
- C) Dirigir
establecimientos
farmacéuticos
distribuidores mayoristas
de productos alopáticos,
homeopáticos,
veterinarios,
preparaciones
farmacéuticas con base
en recursos naturales,
cosméticos preparados
magistrales e insumos de
salud
- D) Dar apoyo, bajo la dirección del
Químico Farmacéutico, al desarrollo
de las actividades básicas del sistema
de suministro de medicamentos y
demás insumos de la salud,
orientados a la producción en las
instituciones prestadoras de servicios
de salud de segundo y tercer nivel
- E) Colaborar, bajo la
dirección del
Químico
Farmacéutico, en el
desarrollo de las
actividades básicas
de la prestación del
servicio
farmacéutico de alta
y mediana
complejidad
- F) Las entes territoriales
que tienen a su cargo las
funciones de inspección y
vigilancia de los
establecimientos
farmacéuticos
distribuidores mayoristas
y minoristas,
desarrollarán dichas
actividades con personal
que ostente el título de
Regente de Farmacia
- G) Participar en
actividades de
mercadeo y venta de
productos
farmacéuticos
- Estrategias de intervención definidas en la
Política Farmacéutica Nacional
- La política Farmacéutica Nacional tiene
como estrategia
- * Cuidar las entregas suficiente y oportuno de medicamentos *Vigilar gastos por
eventos no incluidos en plan de beneficios *Cuidar las variaciones con índices de
precios de medicamentos para una canasta ajustada *Analizar la razón de los
precios medio internacionales de medicamentos *Controlar el plan de mejoramiento
del SISMED
- YURANY USECHE
CÓDIGO: 1083929089
GRUPO: 43