La OMS define la Discapacidad Visual en dos términos:
• El término “ceguera”
abarca desde 0.05 de
agudeza visual (5%) la no
percepción de la luz o una
reducción del campo visual
inferior a 10 grados.
• El término “baja visión o
debilidad visual”
comprende una agudeza
máxima a 0.3 (30%) y
mínima superior a 0.05
(5%).
CLASIFICACION:
•Visión Normal: 80%
campo visual 120°
•Baja visión moderada:
30% campo visual menor a
60°
• Baja visión grave: 12%
campo visual menor a
20°
•Baja visión profunda: 5%
campo visual menor a 10°
• Ceguera total: No
percepción a la luz
CONCEPTOS:
CEGERA
Se refiere a la ausencia total de percepción visual o percibir luz sin lograr
definir qué es o de dónde proviene. El concepto de “ciego legal” se refiere a
quien tiene una agudeza visual menor a 20/200, esto quiere decir que el
paciente ve a 20 metros lo que una persona normal ve a 200. El hecho de que
un niño presente ceguera total, no significa que deba ser tratado de
diferente manera, es decir, debe ser tratado de la misma forma que una
persona que cuenta con una completa visión.
DEBILIDAD VISUAL
Se le denomina a las personas que sólo ven sombras o bultos, y a
otras limitaciones que no pueden ser superadas con el uso de
lentes, como desprendimiento de retina, acorea y otras. Cabe
señalar que una debilidad visual puede ser ocasionada, entre
otros motivos, por una disminución severa de la agudeza visual,
por la imposibilidad de percibir visión tridimensional, así como
por trastornos en la visión de los colores que sólo permiten ver
en blanco y negro, o por trastornos en la adaptación a la luz y en
la percepción de tamaños y formas.
CAUSAS:
• Errores de refracción (miopía,
hipermetropía o astigmatismo)
no corregidos: 38%