Zusammenfassung der Ressource
Derecho Procesal
- Actos Introductorios
- Accción
- Poder jurídico que tiene todo sujeto de derecho de acudir
a los organos, para reclamar la solución de un conflicto
de interés.
- Art. 29 CRG
- Pretención
- Esta relacionado con el derecho subjetivo que se considera que ha sido violado
- Presupuestos Procesales
- Son antecedentes necesarios para que el juicio tenga existencia jurídica y validez formal
- Demanda
- Requisitos 332 Art.
- Efectos de la demanda
- Interrumplir la prescrición Art. 266 C.T.
- Provoca la activación jurisdiccional de oficio Art. 321 CT
- Notificación de la Demanda
- Art. 327, 328, 329, 330 y 331 del Código de Guatemala
- Ampliar la demanda art. 338CT
- Solo se puede ampliar en 2 ocasiones
- Contestación de la demanda
- Exepciones
- Medidas
precautorias
- Reconvención
- Conciliación
- La Prueba
- Costas Procesales
- Auto para mejor fallar
- Dictar Sentencias
- Medios de Impugnación
- Someter a critica decisiones judiciales provocando su revisión
con el fin que se rectifiquen los errores que en el juicio
- Recurso ordinario
- Resoliciones dictadas por error en sentencia
- Recurso Extraordinario
- Solo pueden ser utilizadas después de fenecido el juicio.
- Tipos de Recursos
- Recurso de Revocatoria
- Revocar la solicitud
- Art. 141 y 146 ley del organismo judicial
- Recurso de nulidad
- Anular error, centrarse en el objeto revisar y volver
- Recurso de Aclaración
- Las partes solicitan que se aclaren los puntos o se expliquen
- Recurso de reconsideración
- El juez reconsidera la multa que se ha interpuesto
- Recurso de Apelación
- Una de las partes o ambas solicitan al tribunal de segundo grado, un
nuevo examen sobre una resolución dictada por un juez de primera
instancia
- El único recurso que abre a segunda instancia
- Clasificación
- Apelación Genérica
- Se da con las apelaciones de las sentencias en el caso
que no ha existido prueba denegada
- Art. 368 CT
- Apelación Extraordinaria
- Se da con las apelaciones de las sentencias en el caso
que si hubiera existido prueba denegada
- Art. 369 CT
- Es un acto jurídico procesal que dirime un conflicto, reconoce,
declara o extingue una situación jurídica con implicaciones
- Motivación de la sentencia
- Expresar los fundamentos de su parte resolutiva
- Art. 364 CT
- Clases de sentencias
- Declarativas
- Declaración de la existencia de un derecho.
- De condena
- Imponen ell cumplimiento de una prestación
- Desestimatorias
- Desestima las pretensiones del actor.
- Efectos
- Imperatividad
- Eficacia externa
- Inmutabilidad
- Es una facultad que tiene el juez para que se realicen determinadas pruebas que tiene
como objetivo aclarar algún punto dudoso a juicio del juez
- Libro 6to Decreto 51-92 Código Procesal
- Caracteristicas
- Accesoria
- Imparcial
- Obligatoria
- Indelegable
- Es la actividad dirigida a tratar de convencer al Juez de la existencia o inexistencia de
los datos procesales que han de servir de fundamento a su decisión
- Momento procesal de presentar la prueba
- Las partes están obligadas a comparecer a la primera audiencia con todos sus medios de prueba
- Art. 346 CT
- Etapas del proceso en las cuales puede ofrecer las pruebas
- Los medios de prueba ofrecidos y de ser posible en la primera audiencia se recibirán.
- Los medios de prueba
- Confesión Judicial
- Declaración de testigos
- Prueba documental
- Admisibilidad de la prueba Art.346CT
- Valoración de la Prueba
- Código Procesal Civil y mercantil Art. 186
- Tipos
- Prueba legal o tasada
- Prueba sana critica
- Sana critica razonada
- Libre convicción
- Prueba de conciencia
- La etapa obligatoria en el proceso laboral
- Procura un avenimiento entre las mismas, proponiendo fórmulas de ecuanimidad que no contraríen las leyes.
- Según el Decreto Número 67-95 del Congreso de la República de Guatemala, ARTICULO 49.
- Clasificación
- Parcial
- la celebración de un convenio que abarca solo algunas de las pretensiones
- Total
- Celebración de un convenio que abarca todos los puntos que han sido objeto del litigio
- Efectos
- Precluye toda discusión sobre la relación jurídica material antes controvertida
- las partes quedan obligadas a llevar a cabo las concesiones recíprocas
- Los papeles de las partes se invierten, porque el demandado pasa a convertirse en actor y viceversa
- Artículo 119 del código procesal civil y mercantil.
- Los requisitosson los mismos que exigen en la demanda
- Artículos 339 del Código de Trabajo
- Se pueden solicitar al juez previo a entablar la demanda
- artículo 332 del código de trabajo
- Medidas que se pueden solicitar
- Arraigo
- Se decreta cuando hubiere temor de que se ausente u oculte la persona contra quien
deba entablarse o se haya entablado una demanda
- Embargo
- El embargo procede sobre los bienes de una persona, cuando lo que se está litigando es
una cantidad líquida y exigible de dinero
- Intervención
- Decretarse la intervención de los negocios con el objeto de evitar que los frutos puedan
ser aprovechados indebidamente por un condueño o acreedor en perjuicio de los demás
- Es aquel poder del demandado, para oponerse a la acción
que el demandante ha promovido en contra de él.
- En el artículo 116 del código civil y mercantil se establecen
las excepciones previas que se pueden plantear
- Tipos
- Dilatorias
- Son aquellas que tienden a postergar la contestación de la demanda
- Perentorias
- Atacan el fondo del asunto (pretensión jurídica)
- Mixtas
- Es una excepción previa que de acogerse ataca la pretensión
- Acto procesal mediante el cual el demandado alega todas
sus excepciones y defensas respecto de un demanda
- Contestación de manera afirmativa
- El juez e 15 días dicta sentencia
- La contestación de la demanda es el inicio del proceso
- Se introduce el tramite
- Plantear la defensa en contra del actor
- Actitudes del Demandado
- Incomparecencia con escusa
- Justificación de la incomparecencia
- ARt, 336 CT
- • Si no se presenta, se sigue el proceso en su rebeldía según articulo 335 CT
- • El demandado puede oponerse si no está de acuerdo hasta el punto de reconvenir al demandante
artículo 338 CT
- Qué es
- Es el acto procesal porpio del actor. Por medio del cual este expone
sus pretenciones ante el juez de trabajo y previsión social.