Zusammenfassung der Ressource
ENTIDADES QUE REGULAN EL
TRANSPORTE AUTOMOTOR POR
CARRETERA EN COLOMBIA
- MINISTERIO DE TRANSPORTE
- Organismo del Gobierno Nacional encargado de formular y adoptar las
políticas, planes, programas, proyectos y regulación económica del transporte,
el tránsito y la infraestructura, en los modos carretero, marítimo, fluvial, férreo
y aéreo del país.
- FUNCIONES
- Debe participar en la creación del manejo, planes y programas de desarrollo económico y social
del país. Formular las políticas del Gobierno Nacional en materia de tránsito, transporte y la
infraestructura de los modos de su competencia.
- Fijar las tarifas de transporte nacional e internacional en relación con los modos de su
competencia, sin perjuicio de lo previsto en acuerdos y tratados de carácter internacional. Crear
las normas de cumplimiento en materia de tránsito y transporte de los modos carretero,
marítimo, fluvial y férreo
- Formular la regulación económica en materia de tránsito, transporte e infraestructura para todos
los modos de transporte. Establece las disposiciones que propendan por la integración y el
fortalecimiento de los servicios de transporte.
- Fijar y adopta la política, planes y programas en materia de seguridad en los diferentes modos de
transporte y de construcción y conservación de su infraestructura.
- Coordinar, promover, vigilar y evaluar las políticas del Gobierno Nacional en materia de tránsito,
transporte e infraestructura de los modos de su competencia.
- INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS-INVIAS
- INVÍAS garantiza a los ciudadanos la construcción, el mejoramiento y mantenimiento de la red vial
nacional no concesionada, aporta al mantenimiento de la red terciaria y contribuye a la ejecución de
programas y proyectos relacionados con la infraetructura marítima y fluvial no concesionada, para el
desarrollo sostenible y la integración del país a través de vías eficientes, cómodas y seguras.
- FUNCIONES
- Ejecutar la política del Gobierno Nacional en relación con la infraestructura de su competencia, de
conformidad con los lineamientos establecidos por el Ministro de Transporte.
- Elaborar conjuntamente con el Ministerio de Transporte los planes, programas y proyectos
tendientes a la construcción, reconstrucción, mejoramiento, rehabilitación, conservación, atención
de emergencias, y demás obras que requiera la infraestructura de su competencia
- Coordinar con el Ministerio de Transporte la ejecución de los planes y programas de su
competencia.
- Adelantar investigaciones, estudios, y supervisar la ejecución de las obras de su competencia
conforme a los planes y prioridades nacionales. Asesorar y prestar apoyo técnico a las entidades
territoriales o a sus organismos descentralizados encargados de la construcción, mantenimiento y
atención de emergencias en las infraestructuras a su cargo, cuando ellas lo soliciten.
- Recaudar los peajes y demás cobros sobre el uso de la infraestructura vial de su competencia.
Celebrar todo tipo de negocios, contratos y convenios que se requieran para el cumplimiento de su
objetivo.
- Dirigir y supervisar la elaboración de los proyectos para el análisis, liquidación, distribución y
cobro de la contribución nacional de valorización, causada por la construcción y mejoramiento de
la infraestructura de transporte de su competencia.
- AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA
- La Agencia Nacional de Infraestructura, tendrá por objeto planear, coordinar, estructurar,
contratar, ejecutar, administrar y evaluar proyectos de concesiones y otras formas de Asociación
Público Privada - APP, para el diseño, construcción, mantenimiento, operación, administración y/o
explotación de la infraestructura pública de transporte en todos sus modos y de los servicios
conexos o relacionados y el desarrollo de proyectos de asociación público privada para otro tipo de
infraestructura pública cuando así lo determine expresamente el Gobierno Nacional respecto de
infraestructuras semejantes a las enunciadas en este artículo. Dentro del respeto a las normas que
regulan la distribución de funciones y competencias y su asignación.
- FUNCIONES
- Identificar. evaluar la viabilidad y proponer iniciativas de concesión u otras
formas de Asociación Público Privada para el desarrollo de la
infraestructura de transporte y de los servicios conexos o relacionados.
- Planear y elaborar la estructuración, contratación y ejecución de los proyectos de concesión u
otras formas de Asociación Público Privada para el diseño, construcción. mantenimiento.
operación. administración y/o explotación de la infraestructura pública -
- Crear y administrar un banco de proyectos de infraestructura de transporte que sean susceptibles
de desarrollarse mediante concesión u otras formas de Asociación Público Privada.
- Definir metodologías y procedimientos en las etapas de planeación, pre-adjudicación,
adjudicación, post-adjudicación y evaluación de proyectos de concesión u otras formas de
Asociación Público Privada a su cargo -
- Elaborar los estudios para definir los peajes, tasas, tarifas, contribución de valorización y otras
modalidades de retribución por el diseño, construcción, operación, explotación. mantenimiento o
rehabilitación de la infraestructura relacionada con los proyectos de concesión u otras formas de
Asociación Público Privada a su cargo.
- Elaborar los estudios y adelantar las acciones necesarias para recopilar la información de carácter
predial, ambiental y social requerida para una efectiva estructuración y gestión de los proyectos
de concesión u otras formas de Asociación Público Privada a su cargo.