Zusammenfassung der Ressource
Normatividad de
economia solidaria en
colombia
- tipos de organizaciones
- cooperativas
- objetivo producir o
distribuir bienes y
servicios para satisfacer
las necesidades de sus
asociados y de la
comunidad en general
regida por la
normatividad ley 79 de
1988
- fondo de empleados
- son empresas asociadas de
derechos privados sin
animo de lucros
constituidas por
trabajadores dependientes
y subordinados regida por
la normatividad decreto
1481 de la ley 1989 ley 454
de 1998
- instituciones auxiliares
- son personas sin animos
de lucro constituidas ya
sea por organizaciones o
personas naturales para
realizar actividades
orientadas al desarrollo
del sector regida por la
normatividad ley 79 de
1938
- asociaciones mutuales
- son personas juridicas de
derecho privado sin animo
de lucro constituidas
democraticamente por
personas naturales
inspiradas en la solidaridad
y prestación de servicios de
seguridad social regida por
la normatividad ley 454 de
1998, decreto 1480 de 1999
- empresas solidarias de salud
- son personas naturales o
juridicas identificadas con las
practicas solidarias
democraticas y humanas que
se unen para conformar
fuerzas sociales con miras en
procurar el desarrollo integral
del ser humano. Regida por la
normativa Ley 454 de 1998, Ley
100 de 1993 y decreto 1804 de
1999
- empresas comunitarias
- forma asociativa por el cual un grupo
de personas acuerdan aportar su
trabajo y otros bienes con el fin de
desarrollar actividades productivas en
pro del desarrollo comunitario en
particular el agropecuario regida por
la normativa. Ley 135 de 1961, Ley 160
de 1994 y Ley 154 de 1998, decreto
0561 de 1989
- organizaciones de la economia
solidaria
- caracteristicas
- tener incluido en sus estatutos
en sus estatutos o reglas basicas
de funcionamiento la ausencia
del animo de lucro movido por la
solidaridad en el servicio social o
comunitaria
- integral social y economicamente
sin perjuicio de sus vinculos con
otras entidades sin animo de lucro
que tengan como fin promover el
desarrollo del ser humano
- principios
- establece en que se pueden repartir las
reservas sociales en caso de liquidación
del ente patrimonial, asi mismo destina
sus excedentes a la prestación de servicio
de caracter social y el incremento de sus
reservas y fondos
- garantizar la igualdad y derechos
de sus miembros sin
consideración de sus aportes