Zusammenfassung der Ressource
Capítulo I
- DE LOS INGRESOS POR SALARIOS Y EN GENERAL POR LA
PRESTACIÓN DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO
- Salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral
- El pago del impuesto deberá efectuarse
mediante retención que efectúen las citadas
personas morales.
- Quienes hagan pagos están obligados a efectuar
retenciones y enteros mensuales que tendrán el carácter
de pagos provisionales a cuenta del impuesto anual.
- No se efectuará retención a las personas que en el mes
únicamente perciban un salario mínimo general
correspondiente al área geográfica del contribuyente.
- Ejemplo de Calculo del ISR
- Estan Obligadas las Personas Físicas, así
como las Personas Morales
- A más tardar el día 17 de cada uno de
los meses del año del calendario
- Las personas obligadas a efectuar retenciones,
calcularán el impuesto anual de cada persona que le
hubiere prestado servicios personales subordinados.
- Obligaciones de los Contribuyentes
que obtengan ingresos:
- Proporcionar los datos
necesarios, RFC y CURP.
- Solicitar las constancias de retenciones,
cálculo del impuesto y su declaración anual.
- Presentar
declaración anual.
- Comunicar por escrito al empleador, si
tienen otro trabajo (por el Subsidio).
- Obligaciones quienes hagan pagos:
- Efectuar las
retenciones.
- Calcular el impuesto anual en
los términos del ARTÍCULO 96.
- Expedir y entregar comprobantes fiscales
a las personas que reciban pagos.
- Solicitar, en su caso, las constancias y los
comprobantes de quien recién ingrese.
- Solicitar los datos necesarios
a fin de inscribirlas en el RFC.
- Proporcionar a más tardar el 15 de febrero de
cada año, constancia de salarios y viáticos.
- Presentar, ante las oficinas autorizadas a más tardar el 15 de
febrero de cada año, declaración de subordinados, según el SAT.