Zusammenfassung der Ressource
CLASIFICACION DE
LOS ACTOS
ADMINISTRATIVOS
- Generales
- Se les denomina de esta manera, puesto que
en el momento en que la administración
dirige y manifiesta su voluntad crea extingue
o modifica situaciones jurídicas de una
colectividad; es decir, dicho acto
administrativo va dirigido a un numero plural
de personas (dos o más)
- Particulares
- En contraposición, tenemos los actos que
modifican y regulan situaciones
específicas, ya sea de un individuo en
particular o de un grupo de personas
claramente identificado.
- Dependiendo de la
declaración de voluntad
que se emite en el acto,
estos se clasifican en;
- UNILATERALES: Se les
denomina de esta forma,
debido a que la entidad que
los emite lo hace en expresión
de la manifestación unilateral
y la posición predominante en
la que se encuentra el Estado,
la cual está justificada en la
defensa de los intereses
generales. Por tanto, no se
tiene en cuenta para la
emisión y ejecución de los
mismos la voluntad de los
individuos afectados con el
acto.
- BILATERALES:
Para la
expedición del
acto, convergen
la voluntad y el
consentimiento
tanto de la
administración
como de los
particulares.
- DE TRAMITE: Éstos no
necesitan estar
motivados ya que se
emiten con el objetivo de
surtir un trámite
administrativo, a pesar
de no decidir ni resolver
el fondo del asunto son
indispensables para
agotar las etapas dentro
del proceso
administrativo.
- ACTOS DEFINITIVOS También
llamados actos principales,
éstos se pronuncian sobre la
esencia del tema a resolver,
contienen la decisión final
que concluye un
determinado procedimiento
administrativo.
- REGLADOS Son emitidos en virtud de
una disposición normativa que
ordena explícitamente a la
administración la realización del
mismo, toda vez se cumplan el lleno
de los requisitos que la ley establece
para tomar la decisión ordenada en la
misma.
- ACTOS DE SERVICIO
PUBLICO: Hacen parte de
esta clasificación, los
actos emitidos con el
propósito de regular o
cubrir de forma directa o
indirecta una necesidad
de las que se suplen a
través de la prestación de
un servicio público.
- ACTOS AJENOS AL
SERVICIO PUBLICO: todos
aquellos actos que no
tienen como fin la
regulación de un servicio
público, si no que
contemplan funciones
públicas pero de otra
índole.
- ACTOS LEGISLATIVOS: Son
aquellos actos emitidos con
fuerza de ley, por lo cual
revisten una mayor
importancia dentro del
ordenamiento jurídico;
ejemplos los Decretos.
- OTROS ACTOS ADMINISTRATIVOS
Caben en esta clasificación
todos los demás actos
administrativos que a pesar
de no tener fuerza de ley, si
revisten el carácter vinculante
y la validez jurídica que la
norma y la constitución les
reconoce.
- ACTOS NACIONALES: En esta categoría
quedan incluidos aquellos actos que
de acuerdo a la norma están
supeditados a ser ejecutados y
cumplidos a lo largo y ancho del
territorio nacional.
- ACTOS LOCALES Se predica de aquel
acto que debe cumplirse dentro
de la jurisdicción en donde la
autoridad que lo emitió tiene
competencia.
- COMPLEJOS Se
identifican dentro de
los que para ser
emitidos, deben
surtir una serie de
diligencias previas.
- SIMPLES No necesitan más de
un trámite para ser emitidos.