Zusammenfassung der Ressource
PRINCIPIOS DEL
DERECHO LABORAL
INDIVIDUAL
- PRINCIPIO DE INRRENUNCIABILIDAD DE LOS DERECHOS
- Niega validez jurídica a todo acto del
trabajador que implique una renuncia a sus
derechos laborales.
- Este principio busca proteger al trabajador, al cual se le considera la
‘parte débil’ de la relación labora
- El artículo 26.º, inciso 2.º de la Constitución
dispone que en la relación laboral se debe respetar
el carácter irrenunciable de los derechos
reconocidos por la Constitución y la ley.
- Prohíbe los actos de disposición
del trabajador, como titular de
un derecho
- Tiene por objetivo proscribir que el trabajador
renuncie a sus derechos laborales reconocidos por
la Constitución y leyes vigentes en su propio
perjuicio
- PRINCIPIO DE CONTINUIDAD
- El principio de continuidad laboral se vincula
necesariamente con la estabilidad en el
trabajo. Por medio del principio de continuidad
se garantiza la estabilidad laboral del
trabajador.
- Continuidad laboral en el ordenamiento
peruano
- El ordenamiento peruano da el principio de continuidad
mediante diversos artículos establecidos en la legislación
en el TUO del Decreto Legislativo 728 y su reglamento.
- Periodo de prueba: ¿límite al principio de continuidad?
- El periodo de prueba se establece en el artículo 10
del TUO del Decreto Legislativo 728 y es
considerado coloquialmente como el periodo en el
cual el empleador evalúa las capacidades del
trabajador para el desarrollo de las actividades en
el puesto de trabajo tal como lo determina la ley.
- PRINCIPIO PROTECTOR
- Existe desigualdad en la relación de trabajo
existente entre empleador y trabajador,
considerándose al empleador como el más
fuerte de la relación laboral porque tiene
más recursos y poder sobre el trabajador
que viene a ser el sujeto más débil.
- Subprincipio del principio protector
- Indubio pro operario
- Ante la existencia de varias
interpretaciones de una
norma se debe escoger la que
favorezca al trabajador.
- Regla de la norma más favorable
- Ante la pluralidad de normas se
debe escoger la más favorable.
- Regla de la condición más beneficiosa
- Ante la vigencia de una
posterior esta no debe
tener beneficios o
derechos menores a la ley
anterior.
- PRINCIPIO DE PRIMACIA DE LA REALIDAD
- Ante la existencia de existir controversia entre los
hechos y lo estipulado o declarado en los documentos
o en alguna formalidad, debe darse preferencia a lo
ocurrido en la realidad.
- Es decir, a lo que sucede en el terreno de los
hechos siempre que sea en beneficio del
trabajador.
- PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD
- Mecanismo de Control- ( o interdiccion de la arbitrariedad)
- Exiguiendo que las decisiones tomadas
- Respondan criterios.
- No sean arbitrarios
- Criterio Viculado a la Justicia
- Estado constitucional de
Derecho
- orientado a disminuir casos de empleadores
- Que actuan
- /Con extrema Severidad/
Con arbitrariedad/
- Para que de esta manera se proteja su
relacio laboral al trabajador
- PRINCIPIO DE BUENA FE
- Cuenta con un concepto jurídico incierto esto quiere decir
que no está definido ni regulado, sino un comportamiento
que se espera sin especificar cómo debe ser.
- Este principio de buena fe que rige
las relaciones entre empresario y
trabajador.
- Honestidad, lealtad, diligencia, confianza,
honradez, comportamiento correcto,
cumplimiento de la palabra dada,
- Ayuda a establecer los
derechos y las obligaciones de
las partes
- Es un instrumento
importantísimo para
controlar el ejercicio de
los poderes del
empresario.
- La buena fe significa actuar de una manera moral y
socialmente aceptada en las leyes y reglamentos.