Son los principios más generales de ética
social, derecho natural o axiología
jurídica, descubiertos por la razón
humana, fundados en la naturaleza
racional y libre del hombre, los cuales
constituyen el fundamento de todo
sistema jurídico posible o actual.
Principios
Procesales
Son aquellos criterios o ideas fundamentales,
contenidos en forma explícita o implícita
en el ordenamiento jurídico, que señalan
las características principales del derecho
procesal y sus diversos sectores, y que
orientan el desarrollo de la actividad
procesal
Clasificación
Básicos
Son principios comunes a todas las
disciplinas procesales especiales
Alternativos
Se aplican en lugar de otros que
normalmente tendrían una opción
contraria
Particulares
Fundamentales o formativos que
orientan cada tipo de proceso en
particular
Ejemplos
Principio
de oralidad
Las actuaciones judiciales se
desarrollan preferentemente por el
procedimiento oral, sin perjuicio de su
documentación, y se proyecta en la
concentración en un solo acto de las
distintas actuaciones judiciales,
singularmente en la fase de juicio oral o
vista
Principio de
Inmediación
Principio según el cual los jueces, los
magistrados miembros del tribunal y los
secretarios judiciales, respecto de
aquellas funciones que les son propias,
habrán de estar presentes en la práctica
de las pruebas y en cualquier otro acto
que deba llevarse a cabo contradictoria
y públicamente.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.