Especies de contrato

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Mindmap am Especies de contrato, erstellt von Paola K Lopez Quintal am 07/04/2024.
Paola K Lopez Quintal
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Especies de contrato
  1. Acuerdos escritos, generados entre dos partes, cuyo objetivo es la transferencia de los derechos reales de un bien: su uso, goce y disfrute.
    1. TRASLATIVOS DE DOMINIO
      1. MUTUO
        1. Es el contrato mediante el cual una persona, llamada "mutuante", transmite la propiedad de dinero u otras cosas fungibles a otra persona, conocida como "mutuatario", para que éste las devuelva en la fecha pactada en la misma especie y cantidad.
          1. Este contrato es conocido como préstamo y puede ser, con o sin interés
            1. Debemos de señalar que el mutuo no sólo se celebra con dinero, sino también con cosas fungibles, es decir, bienes que se consumen con el uso ; por ello, se debe entregar otro bien de la misma especie y calidad, ya que es imposible devolver exactamente el mismo.
            2. COMPRAVENTA
              1. Es el contrato por virtud del cual una persona, llamada "vendedor", se comprete a transmitir la propiedad de un bien a otra persona, denomina "comprador", mediante el pago de un precio cierto y en dinero.
                1. Este contrato es uno de los más celebrados todos los días, pues por medio de él se efectúa la mayoría del comercio y se compran a cada momento bienes para satisfacer todas las necesidades del ser humano.
                  1. Ejemplo: Un automóvil o un bien inmueble como en el caso de una vivienda.
                  2. Se trata de un contrato consensual, pues no requiere ninguna formalidad para su validez, salvo en caso de que se refiera a la venta de un inmueble. Ante esa situación, la compraventa debe constar en documento e incluso en escritura pública según el precio pactado.
                  3. PERMUTA
                    1. Contrato por el que cada uno de los contratantes se obliga a adar una cosa por otra.
                      1. Ejemplo: Juan tiene una biblioteca personal, herencia de su abuelo, sin embargo, ahora quiere un carro y se enteró que Carlos su primo ganó en una rifa un carro deportivo de los años setenta. Por esto, Juan le propone a Carlos que cambien la biblioteca por el carro.
                    2. DONACIÓN
                      1. Es un contrato en el cual por un acto entre vivos se transfiere gratuitamente a otra persona la propiedad de un bien con animus donandi, que es la materialización de la causa motivo determinante del contrato y que debe ser aceptada por el donatario.​
                  4. Se refiere a un contrato bilateral en el cual solamente se transmite el uso y usufructo de algún bien. Es decir, no se transmite la propiedad.
                    1. TRASLATIVOS DE USO
                      1. COMODATO
                        1. Es el contrato por virtud del cual una persona, llamada "comodante" concede gratuitamente a otra, denominada "comodatario", el uso y goce de bienes no fungibles. Esta segunda persona queda obligada a restituir a la primera esos bienes en la forma pactada.
                          1. Ejemplo: Un padre tenga una vivienda en propiedad y se la cede a su hijo para que viva allí, pero no le transmite la propiedad si no solo el uso, la posesión.
                          2. ARRENDAMIENTO
                            1. Es el contrato por virtud del cual una persona, llamada "arrendador" (también recibe el nombre de "casero"), transmite el uso y goce de un bien a otra, denominada "arrendatario" (también conocido como "inquilino"), mediante el pago de un precio cierto y en dinero.
                              1. El arrendamiento es otro de los contratos celebrados con mucha frecuencia, no sólo en lo que se refiere a inmuebles sino también a muebles.
                                1. Este contrato debe ser escrito sólo cuando se celebra despecto de un inmueble; en cambio, en el caso de arrendamiento de muebles basta con formularlo de manera verbal.
                                  1. Ejemplo: Alquiler de un piso por el que Luis alquila su piso a Juan durante un año por 400€ mensuales.
                              2. es la forma de asegurar al acreedor, que recibirá el pago de lo adeudado, mas sus accesorios legales, entre ellos, intereses, penas, etc.
                                1. TRASLATIVOS DE GARANTÍA
                                  1. HIPOTECA
                                    1. Es el contrato de garantía por virtud del cual una persona, llamada deudor hipotecario, se compromete a responder y gravar sus bienes, ya sea inmuebles, embar- caciones o cualquier otro que sea determinable, para pagar una deuda propia o ajena a favor de una persona, conocida como acreedor hipotecario.
                                      1. Los contratos de hipoteca generalmente van unidos al de apertura de crédito.
                                        1. Ejemplo: al comprar un inmueble mediante un crédito bancario, por lo regular el banco paga el precio del inmueble al vendedor, pero el bien queda hipotecado a favor del banco, como garantia del préstamo que ha hecho al comprador.
                                        2. FIANZA
                                          1. Art. 2691.- La fianza es un contrato por el cual una persona se compromete con el acreedor a pagar por el deudor, si éste no lo hace.
                                            1. Art. 2692.- La fianza puede ser legal, judicial, convencional, gratuita o a título oneroso.
                                              1. Art. 2693.- La fianza puede constituirse no sólo en favor del deudor principal, sino en el del fiador, ya sea que uno u otro, en su respectivo caso, consienta en la garantía, ya sea que la ignore, ya sea que la contradiga.
                                                1. Art. 2694.- La fianza no puede existir sin una obligación válida.
                                                  1. Ejemplo: A un constructor se le exige sana fianza para garantizar el anticipo y la calidad de la obra que está por empezar. De esta manera, el dueño de la obra tendrá la seguridad de que en caso de incumplimiento, podrá cobrar la fianza y resarcir el capital invertido
                                                  2. PRENDA
                                                    1. Art. 2752 .- Es un derecho real constituido sobre un bien mueble enajenable para garantizar el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago
                                                      1. Art. 2756.- El contrato de prenda debe constar por escrito. Si se otorga en documento privado, se formarán dos ejemplares, uno para cada contratante.
                                                        1. Ejemplo: Juan le presta a Carlos 100.000 euros y este tendrá que devolver el dinero prestado en un plazo de dos años. Para garantizar esa deuda, Carlos deja como prenda una obra de un conocido pintor francés que heredó de su abuelo y que está valorada en 125.000 euros según una casa de subastas.
                                                2. Alumnas: González Collí Paulleth Edith López Quintal Paola Kassandra
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