Zusammenfassung der Ressource
Responsabilidad Penal
Adolescentes
- artículo 139 de la Ley 1098 de 2006 Principios, normas,
procedimientos, autoridades judiciales, entes administrativos
que intervienen juzgamiento de delitos cometidos por personas
de la edad de 14 y 18 años
- Son de carácter pedagógico, restaurativo y protector con la participación de la sociedad y la familia
- Amonestación
- Advertencia de la autoridad
judicial a quien cometió el
delito.
- Prestación
de servicios
sociales a la
comunidad
- Realizar tareas
para el beneficio
de la sociedad
de manera
gratuita.
- Imposición de reglas
de conducta
- La autoridad
judicial impone obligaciones y
prohibiciones para
regular su manera de vida y
promover su formación.
- Libertad asistida
- Libertad con la
condición de someterse
a la supervisión,
asistencia y orientación
de un programa de
atención especializada.
- Internamiento en medio
semicerrada
- Vinculacion a programa
de atención
especializada, con
asistencia obligatoria
durante un horario
establecido, el cual no
puede ser el escolar o
fines de semana.
- Privación de
libertad en centro
de atención
especializada
- Se aplica a mayores
de 16 años y menor
de 18 años
responsables de
cometer delitos, la
pena mínima que se
establece en el
código penal sea o
exceda 6 años
deprisión.
- Se aplica a mayores de
14 años y menores de
18 responsables de
homicidio doloso,
secuestro, extorsión y
delitos agravados con
la libertad, integridad
y formación sexual, la
privación de libertad
será de 2 a 8 años.
- SERVICIOS
- El debido
proceso, dentro
del marco del
sistema
acusatorio siendo
diferente al del
adulto
- Estar vinculado al
sistema educativo
- Servicios sociales y de salud
- DERECHOS
- Comunicarse
reservadamente
con su
empoderado
- Presentar
peticiones ante
cualquier
autoridad
- Notificación
de las
imputaciones
- Presencia
de los
padres o
tutores
- Rehabilitación
y
resocialización
- AUTORIDADES
- Fiscal
- Persona encarga de
realizar la
investigación del
caso
- Defensor
- Abogado que acompaña al
adolescente en el proceso de
protección de sus derechos y el
cumplimiento de sus garantías
constitucionales
- Defensor de familia
- Abogado del Instituto
Colombiano de Bienestar
Familiar (ICBF) que vela
también por el
cumplimento de los
derechos y en caso de no
ser así, exige el respeto
de los mismos.
- Juez:
- De garantía: Verifica que en el proceso en
curso se protejan los derechos del
adolescente, participa antes de la etapa de
juicio
- Esta presente en la etapa de
juicio y es quien decide si el
adolescente es culpable o no de
lo que se le acuse, a partir de la
información presentada por
(fiscal, abogado defensor y
defensor de familia) y quien
determina las acciones a cumplir
del joven.
- SANCIONES