Zusammenfassung der Ressource
LEY 1739 DEL 23 DE DICIEMBRE DE 2014
Por: Diana Giraldo
- Ley que modifica el Estatuto Tributario (Ley 1607 de 2012) y crea mecanismos de lucha contra la evasión.
- CAPÍTULO I
- Se crea el impuesto a la
riqueza. Las tarifas se
determinan con base en
unas tablas dispuestas
en la norma.
- Se pagará entre 2015 y
2018. No son
contribuyentes las
entidades sin ánimo de
lucro, las que estén en
liquidación o en
reestructuración, entre
otras (Art. 1,2).
- Hecho generador (Art.3)
- Riqueza superior a
los $1000 millones
(patrimonio bruto
menos deudas)
- Base gravable (Art.4)
- Valor del
patrimonio
bruto poseído
a 1 de enero de
2015, 2016 y
2017 menos las
deudas a esas
mismas fechas.
- En ningún caso el
impuesto es
deducible del
impuesto de renta
(Art.7)
- CAPÍTULO II
- Impuesto sobre la renta para la
equidad CREE. Servirá para financiar
programas de atención a la primera
infancia y educación superior (Art.18)
- Base gravable
(Art.11,12,17,18)
- En 2015-8%, en 2016-9%. No
podrá ser inferior al 3% del
patrimonio líquido del
contribuyente en el último día del
año gravable inmediatamente
anterior.
- Las pérdidas en que incurran
los contribuyentes se pueden
compensar con este impuesto
(Art.13,14)
- Se puede descontar del CREE el
impuesto de renta pagado en el país
de origen en el caso de extranjeros
(Art.16). Lo mismo aplica para
impuesto de renta (Art.29)
- CAPÍTULO III
- Sobretasa al impuesto
CREE
- Se crea para los
periodos gravables
2015-2018. Se paga en
2 cuotas, se liquida
según la ley y el dinero
se destina para el
presupuesto de la
nación (Art.21,22,23).
- CAPÍTULO IV
- Impuesto sobre la renta
- Establece quienes
no serán
residentes para
efectos fiscales
(Art.25)
- Un porcentaje del total de
los ingresos está exento
siempre que los ingresos no
provengan de relación
laboral, legal o
reglamentaria (Art.26). Se
incluyen las pensiones
(Art.27)
- Las rentas obtenidas por
sociedad extranjera no
atribuible a sucursal de
liquidarán conforme al Art.28.
- Se define el
patrimonio bruto y
las sociedades
extranjeras que no se
contarán con
domicilio en
Colombia (Art.30,31)
- Procedimiento para
deducción por inversiones,
desarrollo tecnológico o
innovación y becas que
benefician estudiantes de
estratos 1, 2 y 3 (Art.32).
- Se crea el Impuesto Mínimo
Alternativo Simple (IMAS)
de empleados y se definen
tablas de liquidación
(Art.33,34).
- CAPÍTULO V
- Mecanismos de lucha
contra la evasión
- Impuesto complementario
de Normalización Tributaria
al Impuesto a la Riqueza
- Hecho generador
- Se causa por la posesión de activos
omitidos (que no se incluyeron en
declaración de renta) y pasivos
inexistentes (se hizo para disminuir la
carga tributaria) a enero 1 de 2015 a
2017 (Art.35,36,37,38).
- Esto no implica legalización de
activos de origen ilícito
(Art.40).
- Declaración anual de
Activos en el exterior
(Art.42,43)
- Se crea comisión de
estudio del Sistema
Tributario
Colombiano (Art.44).
- CAPÍTULO VI
- Gravamen a los
movimientos financieros
- La tarifa es del 4x1000 que se
reducirá hasta desaparecer en
2022. Los terceros que
realizan pagos por concepto
de nómina, servicios,
proveedores, etc. están sujetos
al gravamen (Art.45,46).
- Existe exención para una
sola cuenta de ahorro que no
exceda de un retiro mensual de
350 UVT y para 3 cuentas
corrientes en caso de Sociedades
(Art.47,48).
- CAPÍTULO VII
- Otras disposiciones
- Impuesto nacional a la gasolina (Art.49).
Otras disposiciones sobre combustibles
(Art.69.70).
- Procedimiento para
determinación de
contribuciones
parafiscales y
sanciones (Art.50).
- Medios de pago de las obligaciones y
remisión de deudas tributarias
(Art.52,53,54).
- Procesos
administrativos en
caso de demandas
(Art.55,56,57,58),
- Las entidades públicas
harán un saneamiento
contable en un plazo de 4
años a partir de la
expedición de esta ley (Art.59).
- CAPÍTULO VIII
- Financiación del
monto de los gastos
de la vigencia 2015
- Los recaudos serán incorporados al
impuesto de rentas y recursos de
capital para equilibrar con los
gastos y se financiarán los
subsidios (Art.75,76).