Zusammenfassung der Ressource
SANCIONES
- Personas naturales
- Por extemporaneidad
- Presentación de la Declaración de
Renta posterior a su fecha límite
- 5% sobre total del impuesto por cada mes o
fracción sin que exceda 100% del impuesto a
cargo ANTES DE ser emplazado por la DIAN
- 10% sobre el total del impuesto sin que exceda
el 200% del impuesto a cargo si se presenta
DESPUES DE ser emplazado por la DIAN
- Por corrección
- Corrección voluntaria a la Declaración
de Renta en la cual se incrementa o
disminuye el impuesto a cargo
- 10% del mayor impuesto si se corrige antes
de la notificación por parte de la DIAN
- 20% Si se corrige después de dicha notificación
- Por no declarar
- No presentar la Declaración de
Renta estando obligado a hacerlo
- 20% del total de las consignaciones bancarias o ingresos
brutos del periodo no declarado o de los ingresos
registrados en la última declaración (lo que sea mayor)
- Por errores aritméticos
- Operaciones aritméticas erradas que llevan
a un menor valor del impuesto a cargo
- 30% del mayor impuesto a cargo o del menor saldo
a favor que resulte al corregir el error aritmético
- Por inexactitud
- Inclusión dentro de la Declaración de
Renta de datos falsos o incompletos que
originan un menor impuesto a cargo
- 160% del mayor impuesto a cargo o del menor
saldo a favor que resulte una vez depurada de la
Declaración de Renta la información falsa
- Por omisión de activos o
inclusión de pasivos inexistentes
- No inclusión dentro del patrimonio
de la Declaración de Renta de datos
de uno o más activos o inclusión de
uno o más pasivos inexistentes
- El valor del activo omitido o del pasivo inexistente se adiciona
a la renta líquida sobre la cual se liquida el impuesto
- Por no inscribirse al RUT
estando obligado a hacerlo
- No inscripción o inscripción
extemporánea en el RUT
- Cierre del establecimiento por 1 día por cada mes
o fracción de mes de retraso o multa equivalente a
1 UVT por cada día de retraso para quienes no
tengan establecimiento de comercio
- Por no actualizar oportunamente el
RUT
- No actualizar la información del RUT dentro del
mes siguiente al hecho que genera la actualización
- 1 UVT por cada día de retraso en la
actualización de la información
- 2 UVT por día de retraso cuando la
desactualización del RUT se refiere a la
dirección o a la actividad económica
- Informar datos incompletos o
equivocados al inscribirse en el RUT
- Entregar información incompleta o
equivocada al inscribirse en el RUT
- 100 UVT
- Los porcentajes que se indican corresponden a las
sanciones plenas y pueden reducirse hasta en un 25% de su
valor si el contribuyente dentro del proceso que le abrirá la
DIAN acepta los cargos. Las sanciones tienen un valor
mínimo que para el año 2016 son $298.000 y además de la
sanción debe cancelar los intereses de mora sobre el mayor
impuesto que resulte con respecto a la declaración inicial
- Presentado por: Martha
Janneth Caro Molina, Lady
Viviana Forero Marín,
Diana Gallego Manrique,
María Lucía Pardo