Zusammenfassung der Ressource
LA PRÁCTICA DIPLOMÁTICA CAPÍTULO 6:
EL ASILO DIPLOMÁTICO
- GENERALIDADES
- Es un mecanismo de protección para todos
aquellos que expresan y defienden sus ideas
en oposición a un régimen establecido en su
país, quienes sean perseguidos o cuyos
derechos fundamentales se encuentren en
peligro.
- DEFINICIÓN
- Es aquel otorgado dentro de las fronteras
territoriales del Estado que lo ha
concedido en base a sus derechos
soberanos.
- SUJETO DE ASILO
- Solamente pueden acogerse a los
beneficios del asilo diplomático los
perseguidos políticos. No a
personal inculpadas de delitos, sin
embargo, ha habido excepciones.
- LUGARES DE ASILO
- Solo puede ser acordado en los locales de
misiones diplomáticas, en navíos de
guerra y en aeronaves militares.
- CONDICIONES PARA EL
OTORGAMIENTO DEL ASILO
- Este se otorga en situaciones de conmoción
política o de Estado de sitio, a los
individuos que así lo soliciten.
- PROCEDIMIENTOS PARA EL
OTORGAMIENTO DEL ASILO
- Cuando se recibe la solicitud se consulta con el
Ministerio de Relaciones Exteriores, luego esperar
sus instrucciones, cuando se acepta se comunica al
ministerio del Estado receptor, y luego se solicita
concesión del salvoconducto para que pueda
abandonar el país.
- DEBERES DEL ASILADO
- Él debe redactar y firmar un documentos en el que
consten sus datos personales y el compromiso de no
tratar de mantener contactos con el exterior, no portar
armas, entregar papeles y documentos privados.
- DEBERES DEL ASILANTE
- Deben ejercer vigilancia sobre el asilado
para que no violen lo estipulado en
materia de asilo, ni violen ninguna ley.
- FIN DEL ASILO
- Los representantes diplomáticos del Estado asilante deben acompañar a los
asilados a los puertos de salida o hasta la frontera con otro país y
cerciorarse que se hayan ido sin interferencia alguna.
- CONVENCIONES QUE TRATAN SOBRE EL ASILO
- Constituye materia obligatoria para los sujetos de Derecho
internacional cumplir con las disposiciones establecidas
en las convenciones.