Zusammenfassung der Ressource
Operación
Aduanera (2o
Parcial)
- Padrón de Importadores
Anmerkungen:
- Ley aduanera Art. 59 Fracc. IV
- Instructivo de trámite para inscribirse en el
Padrón de Importadores y/o Padron de
Importaciones de Sectores Específicos, de
conformidad con la regla 1.3.2.
Anmerkungen:
- http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/formas_fiscales/Documents/C2.pdf
- Requisitos
Anmerkungen:
- 2. El domicilio fiscal y el contribuyente, deben estar localizados o en proceso de verificación.
3. Acuse que acredite que actualizó su correo electrónico para efectos del Buzón Tributario.
4. Para el caso de personas físicas, acreditar que realizan actividades empresariales en términos del
Título II, Capítulo VIII y Título IV, Capítulo II, Secciones I y II de la LISR.
- Artículo 82. Reglamento Ley Aduanera
Anmerkungen:
- La resolución será en un
término no mayor a 10 días
- Padrón de importadores sectorial
- ¿Quiénes?
Anmerkungen:
- Los contribuyentes que requieran importar de manera temporal o definitiva o destinar a los regímenes de depósito fiscal, de elaboración o reparación en recinto fiscalizado y de recinto fiscalizado estratégico
- Apartado A del Anexo 10
- ¿Cuando no aplican?
Anmerkungen:
- Cuando las personas físicas o morales, se ubiquen en cualquiera de los supuestos señalados en el artículo
84 del Reglamento
- Artículo 84 del Reglamento
de la Ley Aduanera
- Requisitos
Anmerkungen:
- En el instructivo vienen más requisitos
- Artículo 82 Reglamento de La Ley Aduanera
- ¿Quiénes?
Anmerkungen:
- Las personas físicas y morales que pretenden importar mercancías a territorio nacional
- Excepto Regla 1.3.3
- ¿Cómo?
Anmerkungen:
- A través de la página electrónica http://www.sat.gob.mx, accediendo a: Trámites/RFC/Importadores y Sectores
Específicos, con el uso de su FIEL o contraseña.
- ¿A quienes registro?
Anmerkungen:
- Al agente o apoderado aduanal que realizarán sus operaciones de comercio exterior, en cumplimiento a la
obligación prevista en el artículo 59, fracción III, segundo párrafo de la Ley.
- Suspensión del Padrón
- Incumpla/ Cumpla con Regla 1.3.3
- Artículo 84 del Reglamento
- Importar sin padrón
- No necesito
- Regla 1.3.1
- Importar or única vez
- Regla 1.3.6
- Pasajeros
- Regla 3.2.2
- Si tengo IMMEX No te
cancelan el padrón si no
está ligado
Anmerkungen:
- Pago
- ¿Cuando pagar?
- Al presentar pedimento y antes del
Mecanismo de Selección
automatizado
Anmerkungen:
- Ley Adunanera Artículo 83.
- Siguiente mes de su depósito
- Dos meses en tráfico marítimo
- Pago anticipado a la fecha del Art. 56
Anmerkungen:
- Art. 83 Ley Aduanera
Y la fecha que tomas en cuenta para tipos de cambio y las RRNAS es la del pago
- Depósito fiscal
- Tres días después del pago se deberá activar el Semáforo
- 20 días en caso de Ferrocarril
- ¿Qué pagar?
- IGI
- Actualización
- A partir de la fecha del Art 56
- En el caso de depósito fiscal
- Por INPC (inflación)
- Tipo de cambio
- + Recargos (depende)
- 1.13% x mes
- ¿Cómo pagar?
Anmerkungen:
- Cheque personal de la cuenta del banco
importador/exportador/agente aduanal/ o de la
sociedad creada por agentes aduanales
Anmerkungen:
- Autorizados mediante PECA
Anmerkungen:
- Pago Electrónico Centralizado Aduanero
- Excepto
- Sector 9 del Apartado A del Anexo 10
- Se paga solo de la cuenta de la cuenta
directa de Importador y exportador.
- En caso de que la cuenta no aplique se tiene que hacer un
escrito conforme regla 1.2.2 ante la AGACE
Anmerkungen:
- Agencia General de Auditoría al Comercio Exterior
- Art. 17 Fracc. XIV de la Ley Federal para la Prevención e
Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia
Ilícita (antilavado)
- Encargo conferido
Anmerkungen:
- Ley Aduanera Artículo 59 Fracc. III
- Contribuyente
- Formato electrónico
Anmerkungen:
- Administración General de Aduanas
Anmerkungen:
- Con copia al agente aduanal
- Se habilitará
- Max 2 días
Anmerkungen:
- Instructivo de la Regla 1.2.4 (Anexo 1)
- Número de patentes
- Persona física - 10 patentes
- Persona moral-30 patentes
- Gobierno - ilimitado
- Valoración aduanera
- Art. 64- Base gravable-
Valor en la aduana
- Valor en aduana-Valor en transacción
- Salvo lo dispuesto en Art. 71 (en
orden sucesivo y por exclusión)
- Salvo en arancel específico (cantidad)
- Artículo 65 (LA)
- Importes que se consideran más el precio pagado
para determinar el valor de transacción (Incrementables)
- Comisiones y gastos de corretaje
Anmerkungen:
-
Artículo 114. del Reglamento de la Ley Aduanera
- Envases y embalajes que se consideren que forman un todo
Anmerkungen:
- Art. 115 del Reglamento de la Ley Aduanera
- Artículo 66 (LA)
- No incrementables
- Artículo 67.- Se considerará el valor
de la aduana el de transacción
siempre y cuando concurran las
circunstancias
- Multas
- Conceptos de infracción
- Art. 176 (LA)
- %Multas
- Art.178 (LA)
- IGI -130%
- DTA, IVA, IEPS
- +55%
- Art. 76- CFF
- No se puede detarminar el
valor de los incrementables
- Art. 200 LA
- Reconocimiento aduanero
- Consulta de fracción
Anmerkungen:
- Requisitos
- Art. 18 CFF
- Costo
- Articulo 52 de la Ley Federal de Derachos
- 3862.93
- Procedimiento
- Regla 1.2.5
Anmerkungen:
- Formular consulta con ACNCEA mediante escrit libre en términos de la regla 1.2.2 debiendo cumplir con el instructivo.