Zusammenfassung der Ressource
Juicio Ordinario Civil
Promoviendo Cualquier Acción
Posible (Código Federal)
- Demanda (Art 322-324 C.F.P.C.)
- Admisión de la Demanda
- Emplazamiento (Art 327 C.F.P.C.)
- La demanda admitida se correrá traslado a la
persona contra quien se proponga, emplazándola
para que la conteste (Art 327 C.F.P.C.)
- 9 días se tiene para contestar
- Contestación de la Demanda (Art 329 C.F.P.C.)
- Fijar Litis
- El tribunal abrirá el juicio a prueba (Art 337 C.F.P.C.)
- Tendrá un termino de 30 días (Art 337 C.F.P.C.)
- Ofrecimiento y Admisión de las Pruebas (Art 338-340 C.F.P.C.)
- Audiencia de Desahogo de Pruebas (Art 340
C.F.P.C.)
- Alegatos (Art 344 C.F.P.C.)
- Sentencia (Art 346 C.F.P.C.)
- Si, en la audiencia, no pronunciare el tribunal su
sentencia, en ella misma citará para pronunciarla
dentro del término de diez días. (Art 347 C.F.P.C.)
- Ejecución de la Sentencia (Art 354-357 C.F.P.C.)
- Prevención (Art 325 C.F.P.C.)
- 3 días para aclarar, correjir o completar
- Se desecha la Demanda