Zusammenfassung der Ressource
seccion VII DEPOSITOS
- PARTE I
- DEPOSITOS HABILITADOS
- Son los depósitos de carácter público o privado,
habilitados por la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales, para almacenar mercancías bajo control
aduanero, destinadas al respectivo depósito. A efectos
aduaneros, las zonas habilitadas de los depósitos se
consideran como zona primaria aduanera.
- PARTE II
- DEPOSITOS TEMPORALES
- Es el lugar habilitado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
en el que pueden almacenarse mercancías bajo control aduanero. Las
habilitaciones se otorgarán a los depósitos ubicados en los lugares de
ingreso y salida de mercancías del territorio aduanero nacional o en las
infraestructuras logísticas especializadas (ILE).
- PARTE III
- DEPOSITOS ADUANEROS
- Es el lugar habilitado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para el
almacenamiento de mercancías declaradas bajo el régimen de depósito aduanero. Las
habilitaciones se otorgarán con sujeción a la constitución de las garantías de que trata el
artículo 92 del presente Decreto. Estas mercancías permanecerán almacenadas en el
depósito aduanero hasta que sean sometidas a otro régimen aduanero de importación o
exportación.
- PARTE VI
- DEPOSITOS FRANCOS
- Son los lugares de carácter privado habilitados por la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para el
almacenamiento, exhibición y venta de mercancías a
viajeros que salgan o ingresen al territorio aduanero
nacional.
- PARTE V
- DEPOSITO DE PROVISIONES PARA CONSUMO Y PARA LLEVAR
- Son lugares habilitados a las empresas de transporte internacional aéreo o marítimo, con
representación legal en el país, para el almacenamiento de mercancías declaradas bajo el régimen de
provisiones para consumo y para llevar, de manejo de las mismas empresas, en los términos y
condiciones establecidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
- PARTE IV
- CENTROS DE DISTRIBUCION LOGISTICA INTERNACIONAL
- Son los depósitos de carácter público habilitados por la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales, ubicados en puertos, aeropuertos
o en las infraestructuras logísticas especializadas (ILE) cuando éstas
cuenten con lugares de arribo habilitados.