Zusammenfassung der Ressource
CODIGO DISCIPLINARIO LEY 734 / 2002
- FALTAS
- IMCUMPLIMIENTO DE
DEBERES
- EXTRALIMITACION DE
DERECHOS Y FUNCIONES
- PROHIBICIONES Y VIOLACIONES
DEL REG DE INHABILDADES,
INCOMPATIBILIDADES,
IMPEDIMENTOS Y CONFLICO DE
INTERESES (RIIICI)
- CADUCIDAD Y PRESCRIPCION DE LA
ACCION DISCIPLINARIA
- 5 AÑOS DESDE LA OCURRENCIA DE
LA FALTA SIN PROFERIRSE ACTO DE
APERTURA DE LA INVESTIGACION
- 5 AÑOS A PARTIR DEL
ACTO DE APERTURA DE LA
INVESTIGACION
- RESPONSABILIDAD
FISCAL
- 5 AÑOS A PARTIR DE LA
EJECUTORIA DEL FALLO
- +5 AÑOS >100
SMMLV
- +2 AÑOS <50 Y
< 100 SMMLV
- + 1 AÑO >10 Y
< 50 SMMLV
- +3 MESES <10
SMMLV
- CESA SI HAY PAGO O
EXONERACION
- FALTAS DISCIPLINARIAS
- CLASES
- GRAVISIMAS
- TIPOS
- 1. DELITO CONSAGRADO
POR LA LEY CON DOLO
- 2. OBSTACULIZAR DE FORMA
GRAVE LAS INVESTIGACIONES
- 3. POR CULPA GRAVISIMA SE EXTRAVIEN, PIERDAN O
DAÑEN BIENES DEL ESTADO > 500 SMMLV
- 4. OMITIR, RETARDAR U OBSTACULIZAR
LA ACTUACION DISCIPLINARIA EN
FALTAS GRAVISIMAS
- 5. HACER DAÑOS A GRUPOS
NACIONALES O MINORITARIOS
- A. LESION A LA INTEGRIDAD
FISICA O MENTAL
- B. SOMETIMIENTO INTENSIONAL
- C. MEDIDAS QUE IMPIDAN EL
NACIMIENTO EN EL SENO DEL GRUPO
- D. TRASLADO POR LA FUERZA
- 6. OCASIONAR LA MUERTE DE UNO O
VARIOS MIEMBROS DE UN GRUPO
- 7. INCURRIR EN GRAVES VIOLACIONES DEL
DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO
- 8. PRIVACION DE LA
LIBERTAD / SECUESTRO
- 9. INFLINGIR DOLOR PARA
OBTENER INFORMACION
- 10. OBLIGAR POR VIOLENCIA A QUE UNO
O VARIOS MEIMBROS DE UN GRUPO
CAMBIEN SU RESIDENCIA
- 11. OCASIONAR LA MUERTE DE FORMA
DELIBERADA POR PENSAR DISTINTO
- 12. FINANCIAR, APOYAR
GRUPOS ARMADOS
- GRAVES
- LEVES
- ELEMENTOS
- CULPABILIDAD
- NATURALEZA
- PERTURBACION
- JERARQUIA/ MANDO
- TRASCENDENCIA
SOCIAL / PERJUICIO
- MODALIDAD /
CIRCUNSTANCIAS
- PARTICIPACION
- MOTIVOS
- INVOLUCRADOS
- SANCIONES
- DESTITUCION O INHABILIDAD
GENERAL (FALTAS GRAVISIMAS
DOLOSAS / CULPA GRAVISIMA
- DEFINICION
- TERMINACION
DE LA RELACION
- DESVINCULACION
DEL CARGO
- TERMINACION DEL
CONTRATO DE TRABAJO
- IMPOSIBILIDAD DE EJERCER EL CARGO
POR EL TERMINO DEL FALLO Y
EXCLUSION ESCALAFON O CARRERA
- LIMITE
- 10 A 20 AÑOS
- SUSPENSION E INHABILIDAD
ESPECIAL (FALTAS GRAVES DOLOSAS
/ FALTAS GRAVISIMAS CULPOSAS)
- SUSPENSION POR FALTAS
GRAVES CULPOSAS
- MULTA FALTAS
LEVES DOLOSAS
- SANCION DE CARACTER
PECUNIARIO
- MULTA NO <10 NI >180 DIAS DE SALARIO
BASICO MENSUAL DEVENGADO AL
MOMENTO DE LA FALTA
- AMONESTACION ESCRITA
FALTAS LEVES CULPOSAS
- DEFINICION
- LLAMADO DE
ATENCION FORMAL
- REGISTRADO EN LA
HOJA DE VIDA
- AL MOMENTO DEL FALLO SI ESTA EN
OTRO CARGO SE AVISARA AL
REPRESENTANTE LEGAL O A QUIEN
CORRESPONDA PARA HACERLA EFECTIVA
- DEFINICION
SUSPENCION
- SEPARACION DEL
EJERCICIO DEL CARGO
- IMPOSIBILIDAD DE EJERCER
FUNCION PUBLICA POR EL
TERMINO DEL FALLO
- LIMITE INHABILIDAD
ESPECIAL
- NO INFERIOR A 30 DIAS
NI SUPERIOR A 2 MESES
- PERMANENTE SI AFECTA EL
PATRIMONIO ECONOMICO DEL ESTADO
- LIMITE SUSPENSION
- NO INFERIOR A UN MES NI
SUPERIOR A DOS MESES
- SI HA CESADO SUS FUNCIONES AL
MOMENTO DEL FALLO LA SANCION
SERA EN SALARIOS POR SU DEVENGO