Zusammenfassung der Ressource
Roles y Funciones del recurso humano del SNS
- Reinserción Social
- Secretaría de seguridad publica
- Reinserción social del recluso, disponiendo para su consecución, de los medios jurídicos, materiales y
personales precisos. Se administra y organiza mediante el órgano administrativo desconcentrado
Prevención y Readaptación Social dependiente de la SSP
- XXIII. Ejecutar las penas por delitos del orden federal y administrar el sistema federal penitenciario;
así como organizar y dirigir las actividades de apoyo a liberados; XXIV. Participar, conforme a los
tratados respectivos, en el traslado de los reos a que se refiere el quinto párrafo del artículo 18
constitucional; XXV. Administrar el sistema federal para el tratamiento de menores infractores, en
términos de la política especial correspondiente y con estricto apego a los derechos humanos, y XXVI.
Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
- hacer cumplir la pena impuesta, resolver los recursos referentes a las modificaciones que pueda
experimentar con arreglo a lo prescrito en las leyes y reglamentos, salvaguardar los derechos de los
internos y corregir los abusos y desviaciones que en el cumplimiento de los preceptos del régimen
penitenciario puedan concluirse. Juez de vigilancia.
- Funciones
- hacer cumplir la pena impuesta, resolver los recursos referentes a las modificaciones que pueda
experimentar con arreglo a lo prescrito en las leyes y reglamentos, salvaguardar los derechos de los
internos y corregir los abusos y desviaciones que en el cumplimiento de los preceptos del régimen
penitenciario puedan concluirse.
- hacer cumplir la pena impuesta, resolver los recursos referentes a las modificaciones que
pueda experimentar con arreglo a lo prescrito en las leyes y reglamentos, salvaguardar los derechos
de los internos y corregir los abusos y desviaciones que en el cumplimiento de los preceptos del
régimen penitenciario puedan concluirse.
- Objectivo
- Requisitos para su se paración
- Procuración y administración de Justicia
- Procurador General de justicia
- El Procurador General de la República o los servidores públicos en quienes delegue esta función,
podrán autorizar al personal de la Procuraduría General de la República para colaborar con la policía
federal en el ejercicio de sus funciones de investigación para la prevención de los delitos conforme con
el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás normas aplicables,
así como auxiliar a otras autoridades que lo requieran en el desempeño de una o varias funciones,
que sean compatibles con las que corresponden a la procuración de justicia federal. .
- 5 Subprocuradurías, 1 Oficialía mayor, 1 Visitaduria General, 1 Agencia Federal de Investigación, 3
Oficinas de Coordinación General, 11 Unidades Especializadas, 39 Direcciones Generales, y 4 Órganos
desconcentrados (Centro de combate a la delincuencia, Centro dedicado al desarrollo humano,
Instituto de capacitación y profesionalización, Delegaciones y agregadurías).
- *Proponer polìticas en matera de seguridad *Preside al Ministerio Público.
- Ministerio público
- Requisitos de Admisión
- -Ser Mexicano, tener título en derecho,Tener acreditado en su caso, el Servicio militar Nacional, No
estar sujeto a proceso penal,ser notoria buena conducta,no hacer uso ilícito de sustancias psicotropicas estupefacientes u otras,
- En esta etapa, se define el perfil idoneo que debe tener el ocupante, mas
no se considera como requisito no tener preferencias por compadrazgo o
algo que se le parezca. Ya que con este requisito, se acabaria la
corrupción. En esta etapa, se define el perfil idoneo que debe tener el
ocupante, mas no se considera como requisito no tener preferencias por
compadrazgo o algo que se le parezca. Ya que con este requisito, se
acabaria la corrupción.
- Aprobar los procesos de evaluación de control de confianza y
Aprobar los procesos de evaluación de control de confianza,Aprobar
los procesos de evaluación de control de confianza
- Corresponde al Ministerio Público de la Federación: Promover la pronta, expedita y debida
procuración e impartición de justicia. Lo anterior de acuerdo a la carta magna en sus artículos 16 y
21.
- Requisitos para su permanencia
- Aprobar los procesos de control y confianza, no ausentarse al servicio por causa injustificada por tres días concecutivos o cinco días discontinuos,
participar en los procesos de ascenso que convoquen, en esta etapa es de contínua evaluación de la persona, por sus meritos y constancia debe de
tender a lo grande.
- funcines
- Velar por el respeto de las garantías individuales y los derechos
humanos en la esfera de su competencia. En el ejercicio de esta
atribución la Procuraduría deberá: a) Fomentar entre los servidores
públicos de la Institución una cultura de respeto a las garantías
individuales y los derechos humanos que ampara el orden jurídico
mexicano y los tratados internacionales
- Acreditación
- El Art.106. El sistema nacional de acreditación y control de confianza se conforma con las instancias, órganos,
instrumentos, políticas, acciones y servicios previstos en la presente Ley, tendientes a cumplir los
objetivos y fines de la evaluación y certificación de los integrantes de las Instituciones de Seguridad
Pública. Integran este sistema: El Centro Nacional de Certificación y Acreditación, así como los
centros de evaluación y control de confianza de las Instituciones de Procuración de Justicia de las entidades federativas
- Profesionalización
- Artículo 61.- El Programa Rector de Profesionalización es el instrumento en el que se establecen los
lineamientos, programas, actividades y contenidos mínimos para la profesionalización del personal
de las Instituciones de Procuración de Justicia. Artículo 62.- Los planes de estudios se integrarán por
el conjunto de contenidos teóricos y prácticos estructurados en unidades didácticas de enseñanza y
aprendizaje, en los que se incluyan talleres de resolución de casos
- Separación
- Artículo 70.- La cancelación del certificado de los Servidores Públicos de las Instituciones de
Procuración de Justicia procederá: I. Al ser separados de su encargo por incumplir con alguno de los
requisitos de ingreso o permanencia a que se refiere esta Ley y demás disposiciones aplicables; II. Al
ser removidos de su encargo; III. Por no obtener la revalidación de su Certificado, y IV. Por las demás
causas que establezcan las disposiciones aplicables
- Prevención
- Mando,Dirección y disciplina
- Vigilar, en el área de su competencia, el cumplimiento de las disposiciones legales y Administrativas
en materia de protección de derechos humanos
- Función
- Consejo Federal I. Un presidente, que será el Comisionado General; II. Un Secretario General III.
Un representante del Órgano Interno de Control; IV. Un representante de la unidad jurídica de la
Secretaría; V. Un Consejero por cada área operativa, y VI. Un Consejero por el área jurídica de la
Policía Federal.
- Administrar el sistema, Vigila la adecuada impartición de justicia I. Un presidente, que será el
Comisionado General; II. Un Secretario General III. Un representante del Órgano Interno de Control;
IV. Un representante de la unidad jurídica de la Secretaría; V. Un Consejero por cada área operativa,
y VI. Un Consejero por el área jurídica de la Policía Federal.
- Comisionado Federal
- Consejo Federal