Violencia Contra la Mujer en América
Latina y el Caribe
Historia de Violencia contra las mujeres
Durante la década de 1990 los estudios
feministas cuestionaron la base de la
tradición occidental del pensamiento
de los derechos humanos porque
invisibilizaban la experiencia y las
necesidades de las mujeres.
Previo a 1990 el reconocimiento de los derechos de las mujeres en las
Naciones Unidas descansó en dos pilares, la inclusión del principio de
igualdad y no discriminación y en la creación de instancias,
programas y tratados o convenciones específicas
En el año 1992 toma
relevancia conla CEDAW de
su recomendación General
Nº 19 (CG Nº 19)
Recomendación No.19 -
diferentes manifestaciones de la
violencia y su relación con
actitudes y tradiciones culturales
La Recomendación General Nº 25 del Comité de la Convención
para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación
Racial (CERD) recién en el año 2000 incorporará el análisis
interseccional como parte del trabajo, abriendo la posibilidad
de mirar el impacto de la violencia en grupos especialmente
vulnerabilizados.
En Viena en 1993, la violencia se instala en el
corazón de los derechos humanos, marcando la era
del mainstreaming de la violencia a nivel
internacional.
En el año 2000 y bajo la Recomendación General Nº 25, el
Comité de la Convención para la Eliminación de todas las
Formas de Discriminación Racial (CERD) reconocerá que la
discriminación racial no afecta de la misma manera a
hombres y a mujeres: ―Este tipo de discriminación no es
detectable si no hay un reconocimiento explícito de las
diferentes experiencias de vida que tienen hombres y
mujeres‖ (Comité CERD, 2000)
La violencia como herramienta de opresión y control
Los informes de la Relatoría Especial sobre la
Violencia contra la mujer entre los años 1994 y 2000
articulan el discurso feminista sobre la violencia con
el de derechos humanos.
Violencia Domesica
Poderosa arma de dominación
Ideología Familistica
expone a las mujeres a la violencia tanto
dentro como fuera del hogar
El patriarcado re-emerge para
enfatizar el componente de
poder en las relaciones de
género.
Se trata de un sistema de
dominación masculina
enraizado en las normas
sociales, culturales, en las
estructuras políticas y
jurídicas.
Mecanismos de dominación y
control masculinos son comunes
a las diferentes culturas
Explotación del
Trabajo
Productivo
Control sobre la
Sexualidad de las
mujeres
Violencia
Doméstica
La pasado de ser una práctica aceptada
socialmente a una grave violación a los
derechos humanos para quienes la sufren.
La tendencia a tipificar en los códigos
penales la violencia doméstica, fue más o
menos uniforme en la década de 1990 en la
región.
La tendencia a tipificar la
violencia doméstica es el correlato
de la visibilidad y reconocimiento
que ésta había logrado a nivel
internacional y regional.
Primera Ola de
Reformas
(Principios de los
años noventa)
Cualquier otro fuero que no fuese
el penal tendía a desvalorizar la
violencia de género frente al
tratamiento de otras violencias
Optaron por
Modelos Híbridos,
esto es, combinan
el fuero penal con
el fuero civil
Dió como resultados
"Leyes de Violencia
Intrafamiliar"
Segunda Ola de
Reformas
Dió Como
Resultado las
"Leyes de
Violencia
Intrafamiliar"
Bogaron por un
derecho penal que se
constituyera en
"Ultima Ratio, es decir
que sancionara sólo
conductas que se
consideraban más
graves en una
sociedad
Tercer Ola de Reformas
(a partir de las reformas
legales del 2007)
Plantea mirar la violencia contra las mujeres de
manera más integral, esto es incluir en leyes
especiales el conjunto de políticas públicas, las
entidades y recursos responsables para la
prevención, sanción y erradicación de la violencia.
Tipos de Violencia
Sancionable
De acuerdo a la Convención Interamericana para Prevenir,
Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, la
violencia puede ser física, sexual, sicológica y económica. Sin
embargo, nada se dice de dónde ni qué fuero debe regular
qué violencia.
Pueden ser regulados desde el
derecho penal
con dificultades para la sanción por
violencia sicológica si no se inscribe
dentro de la amenaza
Violencia Física
Puede ser considerada violencia
sexual, pero tiene una valoración
distinta
Violencia Económica
Es poco lo que se ha sistematizado pero
pareciera que el camino penal no es un
buen camino y que más bien sería en el
ámbito de la legislación civil y de familia
donde debiera quedar resuelto este tipo
de violencia.
Violencia Física, Sexual y
Psicologica
Es el núcleo de lo que puede ser
regulado desde el derecho penal, con
dificultades para la sanción por
violencia sicológica si no se inscribe
dentro de la amenaza.