Zusammenfassung der Ressource
Garantías Sociales
- Derecho a la educación
- Articulo 3° Constitucional
- Toda persona tiene derecho a
ingresar a las instituciones de
educación, publica, laicas y
gratuitas.
- El estado tiene la
obligación de garantizar
este derecho en la
educación prescolar,
primaria y secundaria.
- Los padres tienen la
obligación de enviar a sus
hijos a la escuela.
- Derecho a la protección de la salud
- Articulo 4° Constitucional
(Párrafo cuarto)
- El estado debe establecer instituciones
públicas de salud en beneficio de la población,
que le permitan a ésta en acceso a los
servicios de salud biopsicosocial.
- Derecho a formar una familia
- Articulo 4° Constitucional
(Párrafo primero)
- Toda persona tiene derecho a
decidir de manera libre,
responsable e informada el
número y esparcimiento de sus
hijos
- Derecho a una vivienda digna
- Articulo 4° Constitucional
(Párrafo séptimo)
- Toda persona tiene derecho a
disfrutar de una vivienda digna y
decorosa, a través de los apoyos
del Estado
- Derecho a la protección de los grupos indígenas
- Articulo 4° Constitucional
(Párrafo décimo primero)
- Se reconoce la composición de pluricultural de
nuestra sociedad y el Estado se compromete a
proteger y promover las lenguas, culturas, usos,
costumbres, recursos, y formas de organización de
los grupos indígenas y a tomar en cuentas sus
prácticas y costumbres jurídicas en los juicios en
que estos grupos se vean involucrados.
- Derechos de los trabajadores y
la seguridad social
- Articulo 123 Constitucional
- Toda persona tiene derecho a
un trabajo digno y socíalmente
útil
- La duración máxima de la jornada
de trabajo sera de 8 horas y 7 la
jornada nocturna ( Fracciones I y II)
- Se prohíbe el trabajo a los menores
de catorce años (Fracción III)
- Se protege a las mujeres embarazadas
contra trabajos peligrosos o que requieran
de un esfuerzo considerable. Se les ordena
descanso forzoso durante seis semanas
antes y después del parto (Fracción V).
- El salario mínimo deberá ser suficiente para
satisfacer las necesidades de la familia en el
orden material, social y cultural (Fracción VI)
- A trabajo igual le corresponderá salario igual sin
importar sexo ni nacionalidad (Fracción VII)
- Derecho a recibir participación en las utilidades
de la empresa (Fracción IX)
- Derecho a declarar la huelga para
armonizar los derechos con los
factores de la producción
(Fracciones XVII, XVIII y XIX).
- Derecho a gozar de servicios médicos y
demás prestaciones de seguridad social,
incluida la protección contra los accidentes
de trabajo y las pensiones derivadas de la
incapacidad o edad avanzada.