Zusammenfassung der Ressource
Principios del estado para trabajar la
salud sexual y reproductiva
- Derechos sexuales y Reproductivos
son derechos humanos
- Implica el reconocimiento de su carácter de
universales, intransferibles e inalienables y
la obligación del Estado de garantizar las
condiciones para su pleno ejercicio.
- Equidad
- Mejorar las condiciones de acceso y la
calidad de los servicios y la información
contribuirá a superar un factor de
inequidad, lo cual es un elemento
importante en la búsqueda de la justicia
social.
- Empoderamiento
- El empoderamiento de las mujeres encaminado hacia la
construcción de relaciones entre los sexos más equitativas,
que permitan la toma de decisiones autónomas y en
igualdad de condiciones con los hombres
- los mecanismos para dotar a las/os usuarios de los servicios de salud
de las herramientas necesarias para exigir y hacer cumplir sus
derechos y para asumir la responsabilidad individual y social frente al
cuidado de la salud.
- Intervención focalizada
- implementar acciones que tengan en cuenta las características y
necesidades específicas de las zonas donde los indicadores muestran
condiciones de vida más precarias, como las zonas rurales, las zonas de
conflicto armado y las zonas marginales urbanas.
- Así mismo, las intervenciones deben
priorizar a las personas con menores
niveles de escolaridad, las desplazadas,
los jóvenes y, en general, la población en
condiciones de pobreza.
- Salud como servicio público
prestado con criterios de
calidad
- Considerar elementos tales como la confidencialidad,
la formación adecuada del recurso humano en
habilidades de comunicación y trato; la incorporación
de la perspectiva de género y condiciones que les
permitan a los usuarios y usuarias la toma de
decisiones informadas.
- ANÁLISIS EVITAR LA DISCRIMINACIÓN Y EL RESPETO HACIA LA
DIVERSIDAD: La Constitución logró romper con el menosprecio y la
invisibilidad de los que eran víctimas las minorías étnicas, y puso el
Derecho Mayor de estas mismas al mismo nivel que las demás normas y
reglas del ordenamiento jurídico. Los grupos humanos que por sus
características culturales no encuadran dentro del orden económico,
político y social establecido para la mayoría tienen derecho al
reconocimiento de sus diferencias con fundamento en los principios de
dignidad humana, pluralismo y protección de las minorías”